El Tribunal Supremo confirma la absolución del exedil Antonio Becerril por tráfico de influencias

La Sala Segunda desestima en su integridad el recurso de Carmelo Aured, al que mantiene los seis meses de prisión.

El Tribunal Supremo acaba de emitir una sentencia en la que dice que no había pruebas para condenar al ex teniente de alcalde del Ayuntamiento de Zaragoza Antonio Becerril por tráfico de influencias, por lo que da la razón al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Al hacerlo, confirma el fallo que este dictó en septiembre de 2014 absolviendo al edil socialista de este delito y anulando los seis meses de prisión que le había impuesto la Audiencia Provincial, reprochándole que influyera en una serie de funcionarios del Consistorio para favorecer a su amigo Carmelo Aured. La Sala Segunda de lo Penal se ha pronunciado sobre este caso al resolver el recurso de casación presentado por este último, al que el TSJA sí condenó por tráfico de influencias y al que ahora el Alto Tribunal ha confirmado la pena de seis meses de cárcel.


El exconcejal Antonio Becerril fue juzgado en marzo de 2014 por cuatro delitos: tráfico de influencias, cohecho, blanqueo y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos. Sin embargo, su abogada, Cristina Ruiz Galbe, logró que fuera absuelto de los tres primeros, recayendo ahora únicamente sobre él una multa de 1.800 euros y un año de inhabilitación por negociaciones prohibidas.


A la hora de revisar a la baja la primera sentencia, los magistrados del TSJA se basaron en una contradicción del veredicto del Jurado. Porque si bien este no consideró probado que las conversaciones del acusado con los funcionarios municipales estuvieran encaminadas a influir en su criterio técnico y favorecer a Arascon o a cualquier otra empresa, se encontró a Becerril culpable del delito de tráfico de influencias. Para el TSJA , esta contradicción debería haber supuesto la devolución del veredicto. Principalmente, porque no se daba el elemento nuclear del tipo delictivo, "que no es otro –apuntaba entonces el tribunal– que el de influir".


Nada tiene que objetar ahora el Supremo, que insiste en "la ausencia de pruebas de que (Becerril) influyera en los funcionarios que debían dictaminar sobre la subasta o concurso de las obras públicas".

Reproches al recurso de Aured

A la hora de recurrir el fallo del TSJA, el abogado de Carmelo Aured, César Ciriano, aducía infracción de ley, quebrantamiento de forma e infracción de preceptos constitucionales. Sin embargo, todos y cada uno de sus argumentos han sido desestimados por el Tribunal Supremo, que llega a recordar al letrado que "las partes no disponen de la opción de atacar la sentencia por unos determinados motivos o causas planteados a capricho, unos ante el TSJA y otros ante el Supremo". Confirma que el recurrente "sí trató de incidir e incidió en la voluntad de un funcionario público prevaliéndose de una relación de amistad (...) aunque el objetivo finalmente no se consiguiera".
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