Aragón regula la creación, inspección y mantenimiento de los parques zoológicos

Estos centros, además de exhibir animales, deben investigar y fomentar la conservación
de la biodiversidad.

Imagen de archivo de unos leones en el Zoo de Copenhague
Imagen de archivo de unos leones en el Zoo de Copenhague

Los parques zoológicos no son meros ‘escaparates’ de animales silvestres y por ello deben cumplir una dura normativa que, desde hace unos días, tiene sello aragonés. La DGA aprobó recientemente un decreto que regula el procedimiento de autorización de apertura e inspección de parques zoológicos, así como la elaboración de su registro.


Aragón es una de las primeras comunidades autónomas que regula este sector, a pesar de que solo hay tres parques zoológicos en la comunidad: el Acuario de Zaragoza, Lacuniacha (Piedrafita de Jaca) y un tercero en el Monasterio de Piedra, dedicado a las aves rapaces.


Este decreto, según explicó el jefe de servicio de Biodiversidad del Gobierno de Aragón, Manuel Alcántara, tiene como objetivo cumplir la directiva europea que existe al respecto (1999) relativa al mantenimiento de animales silvestres en parques zoológicos, así como la ley española de 2003 que derivó a las comunidades autónomas las tareas de inspección y autorización de dichas instalaciones.


Alcántara insistió en que estas normas son muy exigentes y que abrir y mantener unas instalaciones de estas características es muy caro, de ahí la razón por la que existen tan pocas en el territorio aragonés.


La razón es que los parques zoológicos no tienen la única misión de exhibir al público animales silvestres, sino que también tienen que llevar a cabo programas de conservación de especies, proyectos educativos para concienciar al público sobre la conservación de la biodiversidad, una atención veterinaria avanzada y deben participar en líneas de investigación científica, promovidas o avaladas por centros públicos o privados. «Un parque zoológico es una cosa bastante seria», insistió Manuel Alcántara.


Por ello, en el decreto se señala que estas instalaciones deben contar con personal especializado, medidas específicas de seguridad, seguro de responsabilidad civil...

Asimismo, se regulan las inspecciones que desde la DGA se efectuarán, se establece una serie de sanciones y se crea un registro de parques zoológicos.


Hasta ahora, en Aragón existía una regulación (decreto de 2009) sobre núcleos zoológicos, es decir, aquellas instalaciones en las que se venden crías de animales domésticos, que albergan más de seis perros o diez gatos, establecimientos ecuestres con fines deportivos y centros de cuidado, mantenimiento temporal (guarderías) o recogida de animales, granjas-escuela, entre otros. Deben cumplir una serie de requisitos, tanto administrativos como higiénico sanitarios que, por supuesto, también tienen que asumir los parques zoológicos.