Aragón

¿Se anularán miles de multas de radar por el margen de error?

Automovilistas Europeos Asociados aporta pruebas de sanciones mal aplicadas, mientras Tráfico lo niega. Los tribunales tienen la última palabra.

Está prevista la construcción de doce viaductos
¿Se anularán miles de multas de radar por el margen de error?
J.BLASCO

La validez de miles de sanciones a conductores por exceso de velocidad está en entredicho desde que la semana pasada Automovilistas Europeos Asociados lanzara su acusación: Tráfico estaría aplicando mal el margen de error a sus controles de radar en las carreteras, incluidas las aragonesas.


Según este colectivo, la norma técnica utilizada por la DGT para calcular los excesos y graduar las sanciones quedó obsoleta en el año 2006. AEA informa que en todas las notificaciones que Tráfico está enviando a los automovilistas para informarles de que han sido denunciados por exceso de velocidad se advierte que para el cálculo del exceso y la sanción aplicable “se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la Norma UNE 26444.”


Sin embargo, AEA alerta a los conductores sancionados de que “a pesar de la denominación de 'norma', la UNE26444 no es más que una recomendación técnica elaborada por una entidad privada que quedó obsoleta hace más de seis años y que, además, establece unos márgenes de error inferiores a los establecidos en la legislación vigente para la medición de velocidad captadas por radares.”


Una acusación que desmienten desde la DGT. A través de una nota pública, Tráfico asegura que aplica los márgenes de los radares fijos o móviles en carretera por encima del 10% de la velocidad máxima permitida en cada caso, superiores a lo que estipula la ley y que se fijan siempre en favor de los conductores. "A nadie se le pone una multa por circular a 121 km/hora en una autovía limitada a 120", apuntan.


Sin embargo, la AEA aporta pruebas que ponen en entredicho esta afirmación. “La DGT miente, así de sencillo, y lo demostramos con multas reales”, explica Mario Arnaldo, presidente del colectivo de conductores. Para ello ofrecen ejemplos como el de una sanción en la provincia de Cuenca, donde un radar 'cazó' a un vehículo a 130 km/hora en una vía limitada a 120. “Si se aplicara un margen de error del 10%, en este caso no habría infracción”, critica.


Otro ejemplo. Un conductor circulaba a 151 km/hora en Segovia, teniendo limitada la velocidad a 120 km/hora. Tráfico les sanciona con 300 euros y la pérdida de dos puntos del permiso de conducir, “cuando legalmente le correspondería solo una multa de 100 euros, sin puntos. Son sanciones ilegales, como ya han tenido oportunidad de declarar algunos tribunales”, lamenta.


Similar al caso belga

AEA recuerda que “la aplicación de una normativa obsoleta para sancionar los posibles excesos de velocidad no es exclusiva de España”. El pasado año saltó la noticia de que en distintas zonas de Bélgica, en concreto Boraine, Binche-Anderlues y Mariemont, se estaban formulando denuncias por excesos de velocidad aplicando una norma técnica obsoleta.


En las denuncias se citaba una orden real de 1997 que había sido derogada en 2010. Sin embargo, los tribunales de Mons y Charleroi dictaminaron que dichas sanciones eran nulas con el argumento de que “no se puede acreditar una infracción, si la prueba legal que puede acreditar su realización está ligada a una norma derogada”.


Por eso Mario Arnaldo recomienda a los conductores revisar sus multas y recurrirlas en caso de ver algún error. “Tráfico se sirve de la rebaja del 50% y de la lentitud de la Justicia para que la gente se resigne a pagar y seguir cobrando multas que no debería”, critica.