CINCO VILLAS

Condenan a Los Pintanos a empadronar a una mujer a la que se dio de baja en 2002

El juez estima que hay que valorar la "vinculación" de la persona con su localidad

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Zaragoza ha ordenado al Ayuntamiento de Los Pintanos empadronar en el municipio a una mujer, Eva María Sola, a la que dio de baja en 2002. La sentencia es llamativa porque el juez estima que a la hora de reconocer el derecho de una persona a figurar en el padrón no basta con valorar el número de días que vive en la localidad, sino que también hay que tener en cuenta su "vinculación" con ella y su estancia durante un "tiempo razonable".

 

El consistorio de Los Pintanos ha recurrido la sentencia ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior del Justicia de Aragón (TSJA). El alcalde, Guillermo Garcés (PAR), explicó que están a la espera de su resolución para actuar en consecuencia.

 

Sola fue dada de baja en el padrón de Undués-Los Pintanos (uno de los dos núcleos del municipio) en 2002. El Ayuntamiento llevó a cabo una depuración del mismo que pasó de 107 vecinos a unos 48. Eva María Sola solicitó que se le diera de alta el 25 de enero de 2008 y no tuvo una contestación hasta junio. Por lo general se fija un plazo de tres meses para que la administración se pronuncie.

 

Más allá de reconocer el derecho al empadronamiento por este silencio administrativo, el juez hace una serie de precisiones sobre el tema. Entre ellas, valora en el fallo la "vinculación" que la recurrente mantiene con Los Pintanos, donde viven sus padres ya mayores y tiene propiedades. También aprecia a su favor que pasa en la localidad "un tiempo razonable", que calcula en más de cien días.

 

La sentencia precisa que en este tipo de casos es el Ayuntamiento el que debe probar que una persona vive más tiempo en otro domicilio. No obstante, añade que para ello no puede obligar al interesado a revelar "cuestiones que afecten a su intimidad", y en las pruebas que aporte para ello tiene que limitarse a los registro o datos públicos.

 

Eva María Sola explica que como consecuencia de esta situación se ha visto inmersa en "circunstancias surrealistas". Así, asegura que entre 2002 y 2006, a pesar de no estar empadronada en Los Pintanos, siguió pagando allí el impuesto de circulación de su vehículo, hecho que cambió cuando adquirió un nuevo coche y no admitieron que lo diera de alta.

 

El Ayuntamiento, según confirmó su alcalde, Guillermo Garcés, esperará a que se resuelva el recurso que se ha presentado. "La ley dice que la persona está obligada a inscribirse en el sitio donde habite durante más tiempo al año y hay jurisprudencia en la que se fijan un mínimo de 183 días al año", comentó. Sobre la falta de contestación, Garcés aclaró que el Consistorio tuvo en cuenta una sentencia del juzgado de instrucción de Ejea. En ella se le negaba a esta vecina la inclusión en el censo electoral, como había solicitado, por entender que no había acreditado la residencia.