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La documentación necesaria en una compraventa

El certificado de final de obra, la licencia de primera ocupación o el contrato de arras son documentos esenciales en la adquisición de una vivienda.

Hay varios documentos obligatorios en la compra de una vivienda.
Hay varios documentos obligatorios en la compra de una vivienda.
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Adquirir una vivienda de obra nueva supone innumerables ventajas para el comprador: facilidad de pago, personalización, mayor eficiencia energética, mejores zonas comunes... Eso sí, en el proceso de compraventa hay una serie de documentos y requisitos que no se deben pasar por alto, ya que determinan cuestiones tan fundamentales como la habitabilidad de la vivienda. El Libro del Edificio, el certificado de final de obra, la licencia de primera ocupación, el contrato de arras y, por supuesto, el de compraventa son algunos de ellos.

Una opción muy interesante a la hora de adquirir una vivienda nueva es la compra sobre plano. De esta forma, el comprador puede ahorrarse hasta un 10% del precio final, pues durante el proceso de construcción, esta tiende a revalorizarse. Además, ofrece mayor facilidad de pago: sobre plano, el propietario suele abonar un 10% en el momento de la compra y otro 10% en varias cuotas mientras se construye la vivienda. Así, no es necesario contar con un ahorro previo del 30% del precio –20% que no cubre la hipoteca más otro 10% de gastos–.

En estos casos, además de los requisitos y documentos que requiere una vivienda de obra nueva, conviene contar con otros documentos: la inscripción de la empresa constructora y de la edificación en el Registro Mercantil y de la Propiedad, y un aval o póliza de seguro, que permitirá al comprador recuperar su inversión en caso de que la vivienda no llegue a cosntruirse. 

Libro del Edificio

Se trata de un documento que, por ley, recoge el proyecto de obra, las modificaciones, una memoria de calidades y todos los agentes que han intervenido en la construcción. La promotora debe depositar una copia en el Registro de la Propiedad.

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Certificado final de obra

Este documento confirma que el edificio se ha construido acorde a lo recogido en los planos de construcción y la licencia de obra. El responsable o director de la obra y el director de ejecución son los que, por norma general, firman este certificado.

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Licencia de primera ocupación

Expedida por los ayuntamientos, esta licencia es un requisito en los nuevos edificios, pues acredita que las obras se han realizado conforme al proyecto aprobado y a las condiciones impuestas en la licencia, y que la edificación está en condiciones de ser utilizada.

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Cédula de habitabilidad

Se trata de una acreditación, realizada por un arquitecto o aparejador, que confirma que el edificio reúne las condiciones mínimas para poder ser destinado a vivienda. Sin esta, por ejemplo, no se pueden dar de alta los suministros de luz, agua y gas.

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Eficiencia energética

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial, redactado por un técnico, que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble de acuerdo a su consumo. La letra A indica la mayor eficiencia energética y la G, la menor.

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Contrato de arras

Es un contrato privado, que se firma entre comprador y vendedor, para comprometerse a realizar la operación según lo pactado. Aunque la firma de este documento no es obligatoria, es aconsejable para asegurar las condiciones de venta.

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Contrato de compraventa

En él se recoge todo lo relativo a la vivienda: el plazo de las obras, el precio y la forma de pago, la entrega de llaves y la penalización si se produce un retraso. Debe incluir también un plano, la memoria de calidades y una descripción de las zonas comunes.

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Y si lo compras sobre plano...

1. Inscripción en el Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad. Conviene comprobar la existencia de la empresa promotora en el Registro Mercantil. Confirmar que la edificación en cuestión está a nombre de la misma y cuenta con todas las licencias pertinentes.
2. Aval o póliza de seguro. Es obligatorio desde la obtención de la licencia de obras, según la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras. Es necesario para recuperar el dinero entregado si se incumple el contrato.

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Este contenido ha sido elaborado por BLUEMEDIA STUDIO, unidad Branded Content de Henneo.

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