EN COLABORACIÓN CON FORNIÉS & GUELBENZU

Forniés & Guelbenzu Abogados informa de que se amplía el plazo para reclamar los gastos hipotecarios

Los gastos derivados de las hipotecas firmadas con anterioridad a 2019 se consideran abusivos y nulos, de manera que pueden seguir reclamándose en la actualidad, gracias a que se establecen nuevos plazos.

De izquierda a derecha: Javier Borque, Elisa Perez, Matías Forniés, Mercedes Mitjavila y Beatriz Marín, de Forniés & Guelbenzu Abogados.
De izquierda a derecha: Javier Borque, Elisa Perez, Matías Forniés, Mercedes Mitjavila y Beatriz Marín, de Forniés & Guelbenzu Abogados.

Todas aquellas personas que firmaron una hipoteca antes de junio de 2019 pueden seguir reclamando el pago de la comisión de apertura, de la comisión por posiciones deudoras y el 50% del importe de la factura de la notaría y el 100% de la del registro, gestoría y tasación. Así informan desde el despacho Forniés & Guelbenzu Abogados, dado que la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ampliado el plazo para solicitar la devolución de los importes correspondientes.

Es una buena noticia para todos aquellos que todavía no hayan reclamado esas cuantías consideradas abusivas y nulas por el Tribunal Supremo, que se estima sean muchos, teniendo en cuenta la cantidad de préstamos hipotecarios que se firmaron hasta el año 2019. Los abogados explican que hay que analizar caso por caso para valorar la obtención del máximo beneficio, del que solo se excluyen las subrogaciones de los préstamos hipotecarios sin que hubiera novaciones o ampliaciones, pero destacan las elevadas garantías de éxito de estos procesos.

En Forniés & Guelbenzu Abogados solo cobran sus honorarios si hubiera sentencia favorable para el cliente y, por tanto, este obtuviera la devolución de los gastos derivados del préstamo hipotecario, de manera que el afectado en ningún caso tendrá que adelantar dinero para llevar a cabo esta reclamación.

Novedades en los cárteles de camiones y de coches

Todos los que compraron algún camión Mercedes, Daf, Iveco, Man, Renault, Volvo o Scania entre los años 1997 y 2011 tienen derecho a reclamar el importe pagado de más debido a que estos fabricantes formaron un cártel. De todos ellos recurrió la sentencia Scania, aunque finalmente se ha resuelto por el TJUE que la marca sueca formó parte de los fabricantes sancionados. Por ello, Scania tendrá que devolver los importes correspondientes como ocurre con el resto de fabricantes del cártel. Desde Forniés & Guelbenzu se quiere llamar la atención sobre este hecho último para que los compradores de camiones Scania sepan que a partir de este mes de febrero también pueden iniciar sus procesos para compensar ese sobrecoste en el precio.

Por otra parte, en 2021, el Tribunal Supremo dictó multitud de sentencias que confirman que hasta 21 fabricantes de coches formaron entre el año 2006 y 2013 otro cártel en el que, entre otras cuestiones, se pactaba el precio de los vehículos. Debido a estos acuerdos, los compradores podrán reclamar el importe de más sufrido en la compra de los mismos.

El cártel de las petroleras, los casos en torno a la Ley de la Segunda Oportunidad, los productos financieros complejos, las tarjetas ‘revolving’ o los accidentes laborales y de tráfico son otras de las áreas en las que el despacho zaragozano, que presta servicio y actúa en todo el territorio nacional, también son expertos. n

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