El Gobierno prorroga un año la prohibición a la Iglesia de vender su Patrimonio Histórico

Estos bienes solo podrán ser cedidos al Estado, a entidades de Derecho Público o a otras instituciones eclesiásticas.

El Gobierno ha prorrogado un año el plazo previsto en la Ley de Patrimonio Histórico Español por el que se impide a la Iglesia Católica vender sus bienes incluidos en el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia. Esta norma también regula la cesión de los mismos.

El texto, que entró en vigor en 1985, dicta que, en los diez años siguientes a su puesta en marcha, lo dispuesto en el artículo 28.1 de la misma se entenderá referido a los bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Español, en posesión de las instituciones eclesiásticas. Sin embargo, en los últimos años el Gobierno ha ido prorrogando este plazo, por lo que se ha ido aplicando durante más de 30 años.

Concretamente, este artículo establece que los bienes muebles declarados de interés cultural y los incluidos en el Inventario General que estén en posesión de instituciones eclesiásticas, en cualquiera de sus establecimientos o dependencias, no podrán transmitirse por título oneroso o gratuito, ni cederse a particulares ni a entidades mercantiles.

Además, precisa que dichos bienes sólo podrán ser enajenados o cedidos al Estado, a entidades de Derecho Público o a otras instituciones eclesiásticas.

Esta disposición se recoge en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2017, una norma que el ministro de Hacienda y Función Pública ha presentado este martes en el Congreso de los Diputados y que, ahora, iniciará su tramitación.

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