Absuelven al exdirector de los Salesianos de Cádiz de abusos sexuales

La Audiencia Provincial estima que los juegos que hacía con ellos eran en un "contexto lúdico".

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto al exdirector del colegio de los Salesianos de la capital gaditana acusado de once delitos de abusos sexuales a estudiantes al estimar que los juegos que hacía con ellos en su despacho se desarrollaban en "un contexto lúdico".


La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, que cuenta con el voto en contra de una magistrada, llega a la conclusión de que no ha quedado demostrado que hubiera un "componente erótico" en los juegos, muchas veces peleas, que el sacerdote tenía con los alumnos en su despacho.


Por ello el tribunal absuelve a Francisco Javier López Luna de once delitos continuados de abusos sexuales, así como de los once delitos contra la integridad moral de los estudiantes que, con carácter alternativo, le imputó el fiscal, que llegó a pedir para el acusado 38 años de cárcel.


La sentencia absuelve también al cura de faltas de vejaciones leves porque han quedado despenalizadas en el 2015 y de las quince faltas continuadas de lesiones o de malos tratos que se le imputaban.


El tribunal sí le considera responsable civil directo de daños morales a doce menores y por ello le condena a indemnizar a cada uno de ellos con quinientos euros, lo que suman 6.000 euros.


La sentencia relata que el cura, director del colegio desde 2011 hasta 2013, cuando fue denunciado, implantó un sistema de "créditos" por el que justificaba ausencias a las clases de sus alumnos para que éstos fueran a su despacho, donde poco a poco se empezaron a desarrollar juegos entre ellos, cada vez más violentos o peculiares como los conocidos como "goldfish" o "el abrazo del oso".


El tribunal explica que en el despacho "se desdibujó hasta desaparecer" la jerarquía entre un director de un colegio y sus alumnos para establecerse una relación "entre iguales", "de unos colegas", porque el director "no supo gestionar adecuadamente" la cercanía con los estudiantes, a los que en un mensaje de "Whatsapp" llegó a comentar "todo vale en esta vida".


Entre los alumnos tuvo "gran acogida" este sistema que les eximía de ir a clases y les permitía ir al despacho del director a usar el ordenador o su tableta, consumir bebidas o golosinas o a realizar juegos dentro de un sistema de "extrema confianza" en el que el sacerdote consentía que sus alumnos más osados le llamaran "Javiera", "gorda" o "foca".


Entre los juegos había peleas, empujones, golpes "siempre en un contexto de diversión" en el que el aguante físico "terminó siendo una constante" entre ellos.


El tribunal entiende que no ha quedado acreditado el ánimo erótico del sacerdote, porque su conducta, aunque sea "inapropiada", no puede ser reprimida por ello de forma penal, ni tampoco que los estudiantes padecieran lesiones físicas.


Explica que los testimonios de las víctimas, única prueba de cargo, no son suficientes para acreditar en este caso que hubo abusos sexuales porque, dada la repercusión que tuvo el tema y la detención del colegio, se extendió entre ellos una "sugestión grupal" o "sugestión colectiva", en la que incluso los menores llegaron a cruzarse amenazas y agresiones.


La elaboración de la sentencia ha puesto en una situación muy excepcional a los tres magistrados de la sala ya que, "ante la imposibilidad de llegar a un acuerdo" entre ellos, la magistrada Ana María Rubio, que iba a ser la ponente del fallo y no estaba de acuerdo con sus compañeros, ha sido sustituida por un nuevo ponente.


En su voto particular la magistrada explica que, a su entender, el exdirector de Los Salesianos de Cádiz es autor de dos delitos de abuso sexual a menores de trece años, un delito de abuso sexual a mayores de trece años y tres delitos continuados de abuso sexual a mayores de trece años.

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