El TS obliga a Hacienda a que devuelva las deducciones de IVA a las universidades

El Supremo ha obligado a devolver a las universidades de Santiago y Salamanca 1,2 y 3,1 millones de euros.

Hacienda no prevé "un volumen relevante de devoluciones" a las universidades por las deducciones sobre IVA de los materiales adquiridos para investigación, después de que el Supremo haya obligado a devolver a las universidades de Santiago y Salamanca 1,2 y 3,1 millones de euros, respectivamente.


Fuentes de la Agencia Tributaria han explicado que ese impacto económico no será "relevante" ya que, "en términos generales, el IVA ya se ha ido deduciendo" por las propias universidades. Es decir, que de forma general, se han ido deduciendo todo el IVA de las adquisiciones de bienes y servicios utilizados en la actividad de investigación.


La cuestión planteada por las universidades ante el Tribunal Supremo -que con esta decisión sienta jurisprudencia- trataba de dirimir si los bienes adquiridos para la investigación básica son o no los mismos que los usados en la enseñanza y tienen o no derecho por ello a deducciones propias del IVA.


Hacienda vinculaba la investigación básica con la enseñanza -que no tiene deducción de IVA- y la separaba de la investigación aplicada -que sí lo tiene-.


Sin embargo, el Supremo considera que "no puede entenderse que la investigación básica se vincule a la enseñanza por el hecho de que exista coincidencia en muchas ocasiones entre el personal docente y el personal investigador".


Asimismo, la sentencia afirma que no se puede concluir que "los resultados obtenidos en materia de investigación básica que puedan utilizarse para la investigación aplicada, se utilicen en el sector de la enseñanza".


Las fuentes consultadas han subrayado que Hacienda "acata" la decisión del Supremo y que "actuará conforme a tales criterios".


No obstante, han precisado que "con anterioridad al pronunciamiento" del alto tribunal, el departamento de Inspección de la Agencia Tributaria ya había dado "instrucciones internas" para que los inspectores "eviten el automatismo" al determinar que existe un uso común de bienes y servicios en la doble actividad de investigación y enseñanza de las universidades.


En ese sentido, han añadido las mismas fuentes, la determinación, por parte de la Inspección, de la existencia de gastos comunes a ambas actividades (investigación y enseñanza), "no se debe efectuar a través de meras presunciones, sino que debe acreditarse caso a caso en cada expediente".

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión