La Audiencia Nacional no ve terrorismo en que 76 etarras falsearan títulos para reducir condenas

La juez Carmen Lamela archiva la denuncia presentada por Covite y remite a un juzgado de Valencia la causa por falsedad.

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha archivado la denuncia de Covite contra 76 presos de ETA por el uso de documentos falsos en su inscripción en la Universidad del País Vasco (UPV) y en la UNED, que les sirvió para redimir sus condenas, al entender que este fraude no puede ser calificado de terrorismo.


En un auto notificado este lunes, Lamela rechaza la competencia de la Audiencia Nacional para investigar estos hechos con el argumento de que serían únicamente constitutivos de un delito de falsedad sin relación con delitos de terrorismo.


Por ello, y después de que su antecesor en el juzgado, Juan Pablo González, admitiera a trámite esta denuncia el pasado 19 de noviembre, Lamela acuerda devolver las actuaciones al Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, de donde partieron, y propone a Covite que denuncie este fraude "ante el juzgado territorialmente competente".


Según la juez, la denuncia no "determina la comisión de un delito de terrorismo, sino a lo sumo, de uno o varios delitos de falsedad cometidos por personas ya condenadas y cumpliendo pena por terrorismo", por lo que la colaboración que imputa a terceras personas "deberá entenderse realizada en relación a un delito de falsedad".


Tanto Covite como la Fiscalía consideraron que estos hechos podrían obedecer a una práctica concertada, organizada y dirigida desde la propia organización terrorista ETA, por lo que argumentaban que el fraude denunciado podría ser constitutivo de un delito de colaboración con organización terrorista o de terrorismo.


La Fiscalía precisó que el delito de colaboración no habría sido cometido por los presos de ETA que se habrían beneficiado del fraude, "sino por aquellas personas que hubieran facilitado tales documentos con el conocimiento de que de tal manera conseguían la libertad anticipada de los presos de la organización".


Sin embargo, según recuerda Lamela, la Fiscalía no facilitó la identidad de esas personas que formarían parte de las estructuras de la banda terrorista que, de una u otra forma, "controlan las ideas y acciones dentro de las prisiones" y que pudieron facilitar a los presos esos documentos.


"Aun cuando el colectivo de presos de ETA o las demás estructuras que enumera el Ministerio Fiscal hayan sido considerados por la organización como un frente de lucha más, las falsedades documentales que se denuncian no pueden entenderse cometidas con ninguno de los fines" que el Código Penal establece como terrorismo, "sino con la única finalidad de que determinados presos vean disminuidas sus condenas", insiste la juez.


A esto se añade, explica el auto, que una denuncia similar ya fue archivada el 4 de septiembre de 2015 y la única novedad en esta otra es que amplía "la identidad de las personas a las que se atribuye la utilización de documentos falsos a fin de obtener determinados beneficios penitenciarios".


Cuando se admitió a trámite esta denuncia en noviembre, el anterior titular del juzgado requirió a la UPV/EHU y a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) los "certificados de las vías de acceso" de los denunciados, así como de sus actas de exámenes y curso de acceso de mayores de 25 años, "firmadas y selladas por el Tribunal Colegiado".


También solicitó al Servicio de Información de la Guardia Civil que emitiera un informe "sobre la falsedad de las vías de accesos (selectividad, mayores de 25 años y curso posterior)", así como sobre la pertenencia de los etarras denunciados al llamado frente de cárceles o frente de makos de ETA.


Covite dirigió su denuncia, entre otros, contra Imanol Haranburu Carrera, quien fue propuesto para el cargo de jefe de Negociado de Escuelas de Idiomas y Acreditación de la Consejería de Educación del Gobierno de Navarra, así como contra el histórico miembro de ETA José Antonio López Ruiz "Kubati", Cándido Aspiazu, condenado por el asesinato de Ramón Baglietto, e Iñaki Arakama Mendia "Macario".


Además figuran Valentín Lasarte, ya en libertad tras ser condenado por el asesinato del concejal del PP en San Sebastián Gregorio Ordóñez; Juan Luis Aguirre Lete, Inés del Río (conocida por la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que derogó la doctrina Parot), Juan Lorenzo Lasa Mitxelena, Francisco Múgica Garmendia 'Pakito'; o Domingo Troitiño Arranz, entre otros.

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