Los obispos creen que no denunciar un delito conocido en confesión no es encubrimiento

La Iglesia cuenta con un protocolo de actuación cuando la autoridad eclesiástica conoce delitos.

El secretario general y portavoz de la Conferencia Episcopal Española (CEE), José María Gil Tamayo, ha recordado este jueves que no existe encubrimiento ni infracción penal alguna de las autoridades eclesiásticas por no denunciar un delito del que se ha tenido conocimiento en el ejercido del secreto de confesión.


En rueda de prensa para informar de la reunión de la Comisión Permanente de la CEE, Gil Tamayo se ha referido a los casos de supuestos abusos sexuales a menores denunciados en Granada y Lugo y ha desgranado las directrices establecidas por la Iglesia en 2010 y que fijan el protocolo de actuación ante este tipo de delitos.


Este protocolo, que recoge tres supuestos, establece la forma de actuar cuando la autoridad eclesiástica tiene conocimiento de un delito contra la libertad o integridad sexual a través de una confidencia del sacerdote o religioso presuntamente responsable, es decir a través del secreto de confesión.


"Pese al deber de denunciar los delitos de los que se tenga conocimiento, no existe encubrimiento ni infracción penal alguna al no denunciar un delito del que se ha tenido conocimiento en el ejercido del secreto de confesión", ha subrayado.


El portavoz de la CEE ha destacado que en estos casos se debe observar siempre la presunción de inocencia del denunciado y ha trasladado su solidaridad y cercanía a las víctimas. "Las familias pueden estar muy tranquilas porque la Iglesia no escatima esfuerzo alguno para proteger a sus hijos", ha asegurado.