La ​Fiscalía sugiere mejorar e impulsar la figura del agente encubierto en internet

Para el Consejo es necesario que el legislador concrete con más precisión el marco de actuación.

El Consejo Fiscal ha planteado un conjunto de mejoras en el anteproyecto de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobado por el Gobierno, como la figura del agente encubierto, que estima que hay que impulsar sobre todo en internet.


En un informe a esta iniciativa legislativa, el Consejo Fiscal considera que la modificación de la figura del agente encubierto por la que apuesta el anteproyecto para adaptar esta técnica policial a las necesidades de su uso en las redes de internet resulta "insatisfactoria".


El Consejo Fiscal advierte de que, con la actual ley, la evaluación de la proporcionalidad de las actuaciones de los infiltrados en una investigación queda sujeta a un juicio "a posteriori", efectuado por el órgano competente para su enjuiciamiento.


Añade que esto "genera una situación de inseguridad jurídica para el agente encubierto" y es "una problemática que no queda resuelta" con la reforma.


Para el Consejo Fiscal es necesario que el legislador concrete con más precisión el marco de actuación del agente encubierto en la red y las condiciones en las que es posible la utilización de una identidad supuesta, sin precisar para ello autorización judicial o del Ministerio Fiscal.


El informe, de 208 páginas y firmado por la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, en su condición de presidenta del Consejo Fiscal, realiza también otras propuestas técnicas de mejora como, por ejemplo, en la interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas.


El Consejo Fiscal cree inconstitucional la posibilidad de que el Ministerio del Interior decida la intervención de las comunicaciones para investigar delitos de especial gravedad sin autorización judicial previa.


Otras sugerencias de mejora se refieren a la apertura de correspondencia escrita y telegráfica y al uso de dispositivos electrónicos para captar comunicaciones orales y de seguimiento y captación de la imagen.


En cualquier caso, el Consejo Fiscal celebra que haya una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dadas las "lagunas" existentes en el ordenamiento.


Destaca que hay que tener en cuenta que "el campo de las comunicaciones ha experimentado una auténtica revolución intensificando las posibilidades de desarrollo y desenvolvimiento de la criminalidad, que ha conseguido más posibilidades de ocultación".

El Consejo Fiscal indica que con la actual legislación "no se prevé de una manera expresa la posibilidad de que pueda practicarse" una diligencia de acceso a los contenidos almacenados en ordenadores, "pese a que la enorme cantidad de información que se acumula" en ellos "puede tener un alto interés de cara a esclarecer numerosos hechos delictivos".

Además "se olvida que el acceso a tales contenidos supone una grave intromisión en el derecho a la intimidad que, por tanto, debe tener un marco que le dote de certeza y seguridad jurídica".


Añade que la colocación y uso de micrófonos de ambiente para la captación de conversaciones privadas de las personas sometidas a investigación también carece de regulación legal específica en el ordenamiento jurídico, lo que "puede llegar a generar problemas de legalidad de las investigaciones policiales".


Por otra parte, el Consejo Fiscal señala que establecer un plazo límite a la investigación judicial cuando en España está en manos del juez instructor "puede resultar hasta absurdo".


Comenta que la fijación de un plazo máximo de investigación tiene razón de ser en sistemas en los que la instrucción la lleva en exclusiva el fiscal "libre de injerencias durante un periodo tasado de tiempo".


Por ello solicita suprimir tal limitación temporal hasta que no se produzca "la necesaria reforma procesal penal" y advierte de que el mero hecho de acotar los plazos de investigación si no va acompañada de otras medidas "es un elemento perturbador para la eficacia del proceso".