pilar 2021

Restricciones covid durante las 'no fiestas' del Pilar en Zaragoza: qué se puede hacer y qué no

Aunque se haya preparado un programa con más de 250 actos en 50 escenarios repartidos por la ciudad, no hay que olvidar que las restricciones sociosanitarias por la pandemia de la covid-19 siguen vigentes.

Ambiente en la plaza del Pilar durante las 'no fiestas' de 2020 en Zaragoza.
Ambiente en la plaza del Pilar durante las 'no fiestas' de 2020 en Zaragoza.
Francisco Jiménez

Cuando el Gobierno de Aragón anunció que la suspensión las fiestas patronales en la comunidad por razones sanitarias se extendía hasta el 31 de octubre de 2021, los zaragozanos asumieron que las celebraciones pilaristas serían nuevamente un páramo de actividad; todo parecía indicar que el panorama sería el mismo de 2020, aunque las circunstancias fueran diferentes. Sin embargo, y aunque se descartaron de raíz algunas actividades de carácter masivo, el Ayuntamiento de Zaragoza ha preparado más de 250 actos en 50 escenarios repartidos por la ciudad durante la semana del Pilar (del 9 al 17 de octubre), aunque no se olvide que las restricciones sociosanitarias básicas continúan vigentes en todo el territorio aragonés.

Las restricciones que más afectan a las 'no fiestas' del Pilar en Zaragoza

Aunque el uso de la mascarilla ya no es obligatorio al aire libre, sí debe emplearse cuando la aglomeración de personas en eventos multitudinarios impida el mantenimiento de una distancia mínima de seguridad, que es de metro y medio, exceptuando a grupos de convivientes. Otras medidas:

Medidas covid para las reuniones en Zaragoza

  • Se permite un máximo de 30 personas, tanto en espacios públicos como privados, salvo en el caso de personas convivientes, independientemente de que se trate de espacios o establecimientos de carácter público o privado. 
  • Con carácter general se establece una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros en los espacios públicos, con especial atención a los recintos cerrados.

Restricciones en los bares, restaurantes y discotecas de Zaragoza durante el Pilar

  • No está permitido el consumo en barra.
  • Prohibido fumar en terraza
  • Aforos máximos: 50% interior y 100% en terraza (dos metros de distancia entre mesas)
  • Grupos por mesa: máximo de 10 personas en mesa interior y 15 en exterior
  • Se permite el servicio de buffet o autoservicio, con distancia y con señales de flujos de tránsito por el buffet, y utensilios de uso exclusivo personal para el autoservicio
  • Los establecimientos que prestan servicio de comida para llevar podrán desarrollar esta actividad hasta el horario máximo que tengan autorizado.
  • En los locales de ocio nocturno, podrán desarrollar su actividad, sin superar el 50% en el interior del local y el 100% en las terrazas al aire libre, y sin que el horario de funcionamiento pueda superar las 4.00 (admisión hasta las 3.30). No está permitido el servicio en barra. Cada mesa podrá ser ocupada por un máximo de diez personas en el interior y quince personas en terraza. No se permite fumar en terraza. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.

Transportes durante el Pilar 2021 en Zaragoza

  • 100% plazas sentadas
  • De pie: aforo máxima de cada vehículo

Restricciones en los espectáculos culturales en Zaragoza

  • Un 75% de su aforo, debiendo mantenerse una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas o dejar un asiento libre en la misma fila, en caso de asientos fijos, entre los distintos grupos de convivencia, contando con butacas preasignadas, y no podrán superar una asistencia de público superior a 250 personas en interior o 500 personas en exterior.

  • Excepcionalmente, cuando la aplicación de las reglas sobre aforo establecidas por la normativa vigente permita la asistencia de más de 250 cincuenta personas en recintos cerrados o de 500 personas en recintos al aire libre, conforme a lo previsto en el artículo 10 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, se requerirá autorización previa del Servicio Provincial competente del Departamento responsable en materia de salud, que podrá comprender uno o varios eventos reiterados de las mismas características y riesgos.

Medidas covid para las salas de conciertos en Zaragoza 

  • Podrán desarrollar su actividad con asientos preasignados, respetando las medidas de seguridad y el límite del 50 por ciento del aforo máximo, con sujeción a los límites horarios establecidos para los locales de ocio nocturno, siempre que lo permita la correspondiente licencia municipal y en las condiciones fijadas para los establecimientos de hostelería y restauración.

Restricciones en circos, cines y teatros de Zaragoza

  • Las actividades de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, así como recintos al aire libre, y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio podrán tener lugar contando con butacas preasignadas siempre que no se supere el 75% del máximo autorizado.

  • Las actividades en recintos al aire libre y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio no podrán superar el 75% del aforo máximo permitido.

Atracciones de Feria al aire libre


  • El recinto contará con una zona de entrada y otra de salida claramente diferenciadas, y las atracciones contarán con la separación suficiente para permitir el tránsito de personas por el recinto con una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.

Culto en Zaragoza

  • El aforo máximo será del 75% con las medidas de seguridad y protección exigidas
  • Se permite cantar
  • Uso obligatorio de mascarillas.

Las medidas en el comercio en Zaragoza

  • Hipermercados y centros comerciales: aforo máximo 75 %

  • En establecimientos de venta de alimentos, el 75%.

  • Se permite la apertura de las zonas recreativas, como parques infantiles o similares, en las grandes superficies, centros o parques comerciales.

  • Se establecerán controles objetivos de los aforos en centro comerciales y se intensificará la vigilancia sobre estos espacios.
  • Comercio Minorista: aforo máximo 75%
  • Mercadillos que realizan su actividad en vía pública, al aire libre o de venta no sedentaria, se procurará especialmente su mantenimiento cuando se dediquen a actividades declaradas esenciales, como la alimentación, siempre y cuando se cumplan todas las medidas de seguridad. Los puestos, que podrán alcanzar el 100% de los habituales o autorizados, deberán encontrarse separados frontalmente por una vía de tránsito que marcará el flujo de personas usuarias por el mismo. El aforo del recinto no podrá superar las dos personas por cada 5 metros cuadrados.
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