Un masaje de pies acaba con una condena a un año de cárcel por abusos sexuales en Zaragoza

La Audiencia ha impuesto al acusado la pena mínima al acusado, que admitió que hizo tocamientos aunque "consentidos".

El acusado, durante el juicio celebrado ayer en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante el juicio celebrado ayer en la Audiencia de Zaragoza.
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Un año de prisión y el pago de 1.000 euros de indemnización como autor de un delito de abuso sexual. Esa es la pena que la Audiencia Provincial de Zaragoza ha impuesto a Francisco I. P. por atentar contra la libertad sexual de una amiga, a la que hizo tocamientos sin su consentimiento. En concreto, por terminar tocándole los pechos, muslos y la zona anal lo que había empezado como un masaje de pies.

El tribunal de la Sección Primera considera que el comportamiento del acusado no es merecedor de los 7 años de cárcel que solicitaba la Fiscalía ni menos de los 12 que pedía la acusación particular. Pero sí que debe recibir una sanción penal, aunque sea la mínima, puesto que si bien atacó la dignidad personal y frustró la confianza de la que hasta ese momento había sido su amiga, la acción fue muy breve y no tuvo que realizar ninguna actuación engañosa o abusiva para conseguir su propósito. Además, desistió del mismo en el momento en que la víctima se opuso.

Los hechos ocurrieron en casa de Francisco I. P., a donde había acudido su amiga desde la adolescencia con quien pasaba mucho tiempo y compartía muchas actividades lúdicas el incluso mantenía relaciones sexuales de manera puntual y consentida, aunque nunca se habían planteado un proyecto de vida común. En estas circunstancias, en la noche del 14 de junio de 2022, cenaron juntos en la terraza de la vivienda y, al terminar, la mujer se tumbó en una hamaca y se quedó en ropa interior porque hacía mucho calor. Como en otras ocasiones, Francisco I. P. se sentó a su lado y comenzó a masajearle los pies para tratar de calmarle el dolor que le producía una fascitis plantar.

La víctima no mostró ninguna oposición y se quedó relajada y adormecida, momento en que el encausado, tal y como recoge la sentencia, movido por un ánimo libinidoso y buscando una relación sexual, le bajó el sujetador y le tocó los pechos y luego los muslos y glúteos, llegando a la zona anal. En ese instante, la mujer se sobresaltó por haber sentido «un intenso dolor» y le recriminó su comportamiento al tiempo que le recordaba que no le gustaban ese tipo de prácticas. Los amigos discutieron, él le quitó importancia a lo ocurrido y ella terminó retirándose a su habitación.   

Al día siguiente, por la tarde, la mujer contactó con el acusado por Whatsapp, le reprochó lo ocurrido y le exigió disculpas. «Si te he hecho daño lo lamento, no ha sido algo intencionado. Se habrá producido algún mal giro de mano. Nunca intencionado. Respecto a la teta, sí, ese fue intencionado, quería acariciarte un pezón pero ahí, ningún dolor ¿no? Estarás molesta por la acción, pero ¿por el daño?», respondió. 

Para la audiencia esta explicación a través de un mensaje revela que la tocó pero no la penetró. Su abogado, Alejandro Soteras, mantuvo que los tocamientos fueron consentidos e incidió, como recoge el tribunal en la sentencia, en que la víctima no acudió en ningún momento al médico a pesar de decir que sentía mucho dolor y que denunció los hechos ocho días después. Entonces fue examinada y no presentaba ninguna lesión.

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