Abren juicio oral al presidente de la comarca de Cariñena por presunto acoso laboral a una funcionaria

El TSJA desestima repetir la moción de censura contra Ansón hasta que se aclare si su paralización fue ajustada a derecho.

José Luis Ansón en el Consejo Comarcal de Cariñena
Foto de archivo de José Luis Ansón en el Consejo Comarcal de Cariñena
Jorge Zorraquín

La guerra judicial en la que se encuentra inmersa la Comarca del Campo de Cariñena desde hace más de dos años abrirá en 2023 un nuevo frente. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Daroca ha dictado un auto en el que comunica la apertura de juicio oral contra el presidente de la institución, José Luis Ansón; el secretario, Néstor Pétriz y la interventora actual, Mónica Izal, por una querella criminal interpuesta contra los tres por una funcionaria de la institución en marzo de 2021.

Según el escrito de la acusación, contra Ansón se solicitan dos años de prisión como presunto autor de un delito de acoso laboral y cuatro años de cárcel y de inhabilitación para cargo público por otro delito contra la integridad moral. Para Pétriz, por el delito de coacciones reclaman tres años de cárcel, por el de acoso laboral otros dos y por el delito contra la integridad moral, cuatro años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación.

Mientras, a Izal le piden dos años por supuesto acoso laboral y cuatro más -y cuatro de inhabilitación- por ir contra la integridad moral. En este procedimiento, el fiscal no solo no presentó acusación alguna sino que cursó una solicitud para el sobreseimiento de la causa, extremo que la magistrada acabó por descartar. Ahora todavía quedan semanas hasta que se fije una fecha para celebrar la vista, que podría llegar en el tercer trimestre de 2023.

Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón emitió hace un mes un fallo en el que desestimaba la petición de los firmantes de la moción de censura contra el presidente Ansón al considerar que antes se debía aclarar si el bloqueo de la votación de aquella iniciativa se ajustó a derecho. Cabe recordar que en marzo de este año se registró un texto para desbancar a Ansón, firmado por parte del consejo comarcal, y se determinó la celebración de una sesión extraordinaria.

Antes de que se pudiera debatir y votar, el que fue presidente de la mesa de edad, el popular Andrés Herrando, esgrimió un ‘informe jurídico’ -que no compartió con sus compañeros y que no se sumó al expediente- por el que se consideraba que la propuesta no contaba con el respaldo "suficiente" y, acto seguido, levantó la sesión, sin que nadie más pudiera intervenir.

Los convocantes recurrieron la decisión ante la sala de lo Contencioso Administrativo, que si bien en un primer momento les dio la razón al solicitar la aplicación de la sentencia reconocía que la repetición no era viable, ya que antes debería aclararse si la actuación de la mesa de edad fue ajustada a derecho.

En concreto, en los fundamentos de derecho de la sentencia, los magistrados del TSJA consideran que "ya no procede la ejecución provisional de la sentencia". Es decir, la repetición de la sesión. Y considera que se han producido "nuevos hechos"; que la convocatoria llegó a tener lugar, pero no entra a valorar lo que ocurrió en ella, asunto que obligaría a abrir otro procedimiento aparte.

En el pasado mes de julio, la Audiencia Provincial, por su parte, absolvió a otra trabajadora de la comarca y a su marido, cabo de la Guardia Civil, de los delitos de coacciones y prevaricación administrativa que les atribuía el propio presidente y también alcalde de la localidad de Tosos.

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