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Condenado a 7 años y medio de cárcel el profesor de música que abusó de una niña en Cuarte

El pederasta reincidente no podía trabajar con menores de edad  pero burló la prohibición manipulando, al parecer, su certificado de penales. 

El acusado, durante la vista celebrada este martes en la Audiencia de Zaragoza.
El acusado, durante la vista celebrada este martes en la Audiencia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Artús Roca Tarrés, de 28 años, por abusar sexualmente de una niña de 11 años a la que impartió clases de música en la escuela municipal de Cuarte de Huerva. El tribunal le impone una condena de seis años de cárcel por abusos y otra de un año y medio por un delito contra la libertad sexual. En total, siete años y medio que cumplirá en prisión, donde se encuentra desde que fue detenido por esto hechos en febrero de 2021.

Artús Roca solo dio dos clases a la niña porque la madre la sacó de la escuela, pero logró entablar una relación con la menor a través de Whasapp e Instagram que se prolongó durante tres meses. En ese tiempo se aprovechó de su condición de docente y de la inocencia de la niña, a la que hizo creer que vivía un enamoramiento, para abusar de ella.

El condenado es un pederasta reincidente con dos sentencias firmes a sus espaldas que, además de penas de prisión, llevan aparejadas la prohibición de ejercer cualquier profesión o actividad no remunerada relacionada con menores. A pesar de ello, como recoge el tribunal en su sentencia, Artús Roca manipuló el certificado de penales que presentó a la persona que lo contrató para ejercer su labor su profesor de música. No obstante, la causa por la presunta falsificación se sigue en otro procedimiento.

Los magistrados de la Sección Sexta declaran probado que en octubre de 2020 la menor asistió a dos clases con el acusado, ya que la madre la dio de baja en noviembre. Aún así, el pederasta entró en contacto con la niña a través de las redes haciéndole creer que  un chico de 20 años, que decía llamarse Marc, estaba interesado en ella. 

De esta forma, se hizo con su número de teléfono y a partir de ahí mantuvo una serie de conversaciones en las que la animaba a tener contactos sexuales con hombres mayores a cambio de dinero y le dio un teléfono de un joven, que no era otro que el del propio acusado.

La menor, tras comprobar en su perfil que se trataba del que había sido su profesor de música, no desconfió y comenzó a hablar con frecuencia a través de Whatsapp, hasta que la fue convenciendo para verse en persona y tener acercamientos físicos. La niña lo llegó a considerar su novio y en febrero, aprovechando que no había nadie en su casa durante dos horas por la tarde, fue a su domicilio y la sometió a tocamientos. Los encuentros se repitieron dos veces fuera de la vivienda, en un sitio apartado de Cuarte.

Además, el pederasta, de aspecto aniñado, le envió fotos suyas desnudo, aunque cubriéndose los genitales, y le pidió a la menor que le mandara a cambio imágenes en ropa interior, a lo que la niña accedió porque, según declaró ante el juez, se sentía “obligada” a hacerlo.

Artus Roca Tarrés también mantenía un chat con la menor y tres amigas suyas, de igual  edad, con conversaciones que revelaban lo que estaba ocurriendo. Dos niñas se lo transmitieron a sus respectivas madres y fueron estas las que se lo comunicaron a la progenitora de la afectada, que denunció los hechos rápidamente ante la Guardia Civil.

La Audiencia condena al pederasta a siete años y medio de prisión, a nueve de libertad vigilada y le impone la prohibición de acercarse o comunicarse con la menor durante quince años. Como en las sentencias anteriores, el tribunal lo inhabilita para cualquier oficio, remunerado o no, que conlleve contacto directo con menores durante diez años. 

En cuanto a la responsabilidad civil lo condena a indemnizar a la víctima con 5.076 euros por las secuelas psicológicas sufridas, y absuelve al Ayuntamiento de Cuarte y a la empresa ACA Música y Danza S. L. de la petición de responsabilidad civil subsidiaria que hacía la acusación particular, a la que le impone las costas por plantear esta reclamación civil.

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