El Tribunal Supremo confirma la pena de tres años de prisión para un agresor sexual

Jaime Augusto Toapanda Robayo deberá entrar en prisión el próximo 11 de noviembre para empezar a cumplir una condena de tres años que le impuso la Audiencia Provincial de Zaragoza por un delito de violación y que ahora ha confirmado el Tribunal Supremo. El agresor deberá indemnizar además a la víctima con 3.210 euros.


El hombre fue juzgado el pasado mes de enero por un delito de violación cometido el 17 de junio de 2015. La Audiencia declaró probado que esa noche coincidió con la víctima en un bar cuando ambos iban con sus respectivos grupos de amigos. En ese encuentro, el procesado trató de entablar relación íntima con la denunciante, pero no logró su propósito y cada uno siguió de fiesta con sus acompañantes. Sobre las 6.30 volvieron a encontrarse en otro local y el acusado propuso a la mujer y a sus amigos cambiar de bar y dirigirse a otro del que tenía las llaves, pues iba a empezar a trabajar allí. Todos aceptaron ir, pero al final el acusado se quedó con la víctima a solas. Entonces, según la sentencia, cerró la persiana y se produjo la violación. Cuando la mujer logró salir del establecimiento, se dirigió directamente a la Policía para denunciar la agresión.


A pesar de que él negó los hechos, el tribunal dio "plena credibilidad" a la versión de la denunciante y dijo que no había ni un solo elemento de prueba de que la mujer tuviera un motivo espurio para acusarle. "No dudó en acudir a la Policía para denunciar los hechos, lo que se compadece mal con cualquier artificio", agregaba la sentencia. "Debe resaltarse el mínimo lapso de tiempo que hubo entre la agresión y los inmediatos controles médicos", destacó el fallo.


También, como había apuntado la abogada de la víctima, Ana María Marco Salvador, era del todo "inverosímil" que las lesiones de la víctima pudieran tener un "origen distinto" al de una agresión sexual". El tribunal rebajó la pena al agresor al apreciarle la atenuante de embriaguez.

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