El Supremo confirma la condena al guardia civil que robaba en casas simulando registros

César C.robó en 2012 en viviendas de Pedrola y Alagón. Ya fue apartado del cuerpo.

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la pena de separación del servicio a un guardia civil por robar en dos domicilios de sendos municipios de Zaragoza en los que irrumpía, junto a otros asaltantes, identificándose como miembro del Instituto Armado y simulando que los registraba en busca de drogas.


Según la sentencia de la Sala de lo Militar, el hombre, condenado ya a 7 años y medio de cárcel por estos hechos, siguió en dos ocasiones el mismo 'modus operandi' por el cual, acompañado por otros asaltantes, todos identificados como miembros de la Guardia Civil, entraban en domicilios fingiendo efectuar un registro de drogas, maniataban a los inquilinos y sustraían objetos de valor.


El primero de los dos robos tuvo lugar el 9 de mayo de 2012, cuando el condenado y su compinche llamaron al telefonillo del domicilio de la localidad de Alagón e irrumpieron al grito de "Guardia Civil, registro de drogas".


Ambos vestían con chalecos del Instituto Armado y entraron al domicilio enseñando una placa del cuerpo que César C. portaba en la cartera para, minutos después, enfundarse un pasamontañas negro que dificultaba su identificación.


Una vez en el domicilio, maniataron al matrimonio que habitaba el domicilio y exigieron a la mujer que les entregara las joyas que vestía y que consistían en una medalla de oro, un cordón del mismo material y unos pendientes.


También se hicieron con un móvil, dinero en efectivo y otras joyas repartidas por la casa que uno de los acusados vendió posteriormente.


El segundo suceso se desarrolló ya bajo vigilancia policial y con el teléfono móvil del acusado intervenido. En esta ocasión intervinieron en el asalto el guardia civil acompañado por otros dos hombres, siguiendo todos ellos el mismo procedimiento del primer robo.


Llamaron a la puerta de una casa del municipio de Pedrola equipados con chalecos reflectantes de la Guardia Civil y volvieron a aducir que se disponían a realizar un registro al domicilio cuando uno de los inquilinos les abrió la puerta mientras su mujer y su hija dormían en el interior.


Engrilletaron al matrimonio, no así a la hija menor de edad tras las súplicas de sus padres, y se enfundaron un pasamontañas mientras uno de ellos subía a la parte de arriba del domicilio para registrar las habitaciones y los otros dos permanecían custodiando a los inquilinos.


Avisados por la hija, dos familiares acudieron al lugar de los hechos, pero fueron recibidos con golpes por uno de los acusados, que aprovechó además ese momento para darse a la fuga en uno de los vehículos que habían utilizado para llegar hasta allí y en posesión de numerosas joyas y más de 3.000 euros en efectivo.


A raíz de la investigación y de la intervención del teléfono del condenado, los agentes averiguaron que en los asaltos intervenía una cuarta persona que coordinaba la operación desde la distancia.


Según refleja la sentencia del Supremo, que rechaza su recurso contra la condena del Ministerio de Defensa, el acusado padecía de trastornos del humor, de depresión y contaba con un historial de abusos de alcohol y cannabis.


El agente, que estuvo destinado al Equipo de Delincuencia Organizada y Antidrogas de una unidad de la Policía Judicial hasta marzo de 2011, tenía diagnosticada una dependencia a la cocaína que le afectó en la comisión de los hechos.


Defensa condenó a este cabo primero en junio de 2014 por una falta muy grave a la pena de separación del servicio, en aplicación por un delito que causa grave daño a la administración y a los ciudadanos, tal y como establece el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. 

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