Absuelto el exsecretario de Sos del Rey Católico de los delitos de falsedad y prevaricación

La APZ que los hechos no son constitutivos de delito, ya que "la totalidad de las cantidades otorgadas por el Gobierno aragonés para la construcción de la residencia de ancianos ha sido íntegramente empleadas".

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza absuelve al exsecretario del Ayuntamiento de Sos de Rey Católico, Julio Santiago C. E., de los delitos continuados de falsedad en documento oficial y prevaricación de los que venía siendo acusado por la acusación popular y por los que se enfrentaba a la pena de 3 años de prisión e inhabilitación para ostentar un cargo público durante diez años.

La Sala entiende que los hechos declarados como probados no son constitutivos de ninguno de los delitos que se le imputa al acusado, puesto que “ningún perjuicio se ha ocasionado a Organismo Público alguno ni al administrado con la conducta del acusado pues la totalidad de las cantidades otorgadas por el Gobierno de Aragón para la construcción de la residencia de ancianos en Sos ha sido íntegramente empleadas en dicho fin habiéndose llevado a cabo la construcción de dicha residencia la cual se encuentra en la actualidad en funcionamiento”.

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