Confirman 10 años de cárcel para el guardia civil de Huesca que apuñaló a un compañero

El TSJA rechaza el recurso de la defensa y sostiene, como dijo la Audiencia, que tenía ánimo de matar y que no padecía un brote psicótico cuando atacó al otro agente y a su hija de 16 años en plena calle.

Juicio contra el guardia civil que apuñaló a un compañero y a la hija de este en plena calle en Huesca.
Juicio contra el guardia civil que apuñaló a un compañero y a la hija de este en plena calle en Huesca.
Verónica Lacasa

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la condena a José Luis Escarabajal, el guardia civil que apuñaló casi hasta la muerte a un compañero y a su hija en plena calle en la capital oscense. La Audiencia de Huesca lo sentenció, el pasado mes de abril, a 10 años de prisión como autor de un delito de tentativa de asesinato con alevosía y ensañamiento y otro de lesiones. Le rebajó la pena solicitada por la acusación particular al aplicar la eximente incompleta de alteración psíquica, ya que aceptó que tenía ideas delirantes.

La Sala de lo Penal del TSJA rechaza ahora el recurso de apelación de la defensa, que cuestionó la valoración de la prueba en cuanto al ánimo de matar y a la alteración psíquica de su cliente. El abogado pedía rebajar el delito de tentativa de asesinato por lesiones y reclamaba la aplicación de la eximente completa de alteración psiquiátrica.

Sin embargo, el tribunal de apelación considera que difícilmente se puede mantener que no pretendiera dar muerte a la víctima cuando le asestó "hasta 13 puñaladas con un arma potencialmente mortal, como una navaja con una hoja de 183 mm de longitud y 83 mm de ancho, en partes vitales del cuerpo como abdomen y tórax", y ello acompañado de expresiones como "te voy a matar". El ataque cesó por la acción de los viandantes. Escarabajal cerró la navaja y la guardó en un bolsillo, mientras los testigos lo reducían y lo ataban con una comba.

En cuanto al padecimiento mental, el TSJA no encuenta razón para variar la conclusión alcanzada por la Audiencia de que no padece una esquizofrenia sino un trastorno de ideas delirantes de tipo persecutorio.

La sentencia del tribunal provincial reconoció la eximente incompleta para rebajarle la pena, ya que el agresor creía que era víctima de una conspiración por parte de la Guardia Civil, que lo vigilaba, envenenaba y acosaba. Veía a su víctima, Jesús J. L., su vecino y también agente, como una pieza de esa trama, encargado de verter desde el piso de arriba sustancias tóxicas en las tuberías o proyectar radiaciones. "Su conducta se vio influida por esta creencia falsa", señaló la Audiencia, pero en el momento de los hechos no sufría un brote psicótico. Estaba de baja laboral desde 2019 por ansiedad y había cursado bajas por depresiones varias veces desde 2004. La Guardia Civil le había retirado el arma oficial y su pistola particular.

El Tribunal Superior de Aragón confirma asimismo que también hubo alevosía en la agresión a la hija (recibió cuatro puñaladas), como sostenía la acusación particular, ejercida por los letrados Enrique Trebolle y Carmen Cifuentes. Señala en el fallo que el ataque se produjo por detrás y fue "súbito y sorpresivo". La chica contaba además 16 años y estaba presenciando el «feroz apuñalamiento de su padre, por lo que difícilmente puede apreciarse en ella posibilidad alguna de repeler el ataque", concluye.

El lesionado, entonces de 51 años, tardó 213 días en curar y presenta estrés postraumático. Sigue en tratamiento. Su hija, también con secuelas psicológicas, toma ansiolíticos y antidepresivos y recibe terapia psicológica para que integre el episodio en su vida.

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