sanidad

El TC autoriza a un zaragozano a vacunar contra la covid a su hija de 12 años frente al rechazo de la madre

El Tribunal Constitucional avala dos fallos judiciales previos que ven "claramente" más beneficios que riesgos para la menor.

Inicio de la campaña de vacunación de gripe y covid en Aragón
Inicio de la campaña de vacunación de gripe y covid en Aragón
Guillermo Mestre

La disputa por la vacunación contra la covid de una niña zaragozana ha llegado hasta el Constitucional (TC). En la primera sentencia de estas características en España, el Alto Tribunal avala dos sentencias previas que habían respaldado la decisión del padre de inmunizar a su hija, de 12 años de edad, frente al rechazo de su exmujer y madre de la pequeña. Los magistrados consideran demostrado por los diferentes estamentos sanitarios que los beneficios de la inoculación son «claramente» superiores a los riesgos.

El periplo judicial se inició en diciembre de 2021, cuando el padre, J. A. M. M., presentó al Juzgado de Primera Instancia número 5 de Zaragoza un escrito para resolver el desacuerdo que mantenía con su exmujer, A. P. M., por la vacunación contra la covid de su hija en común, sobre la que tienen atribuida la autoridad familiar compartida tras el divorcio.

El padre defendió que, aunque la probabilidad entre la población infantil era baja, los estudios advertían del riesgo de que la covid produjera enfermedad grave o persistente entre los menores de edad. Además, su profesión de policía le hacía estar especialmente expuesto al contagio. Y por último, aludía a posibles problemas de rechazo o exclusión de actividades sociales en el entorno de la menor si no era vacunada.

Por contra, la madre argumentaba que las bajas tasas de muerte o enfermedad grave entre los menores hacían que no fuera justificable la necesidad de vacunar a una niña de esa edad (11 años entonces), y cuestionaba la eficacia y alertaba de las reacciones adversas que a su juicio acarreaban este tipo de vacunas.

Los tribunales respaldaron el año pasado la postura del padre hasta en dos ocasiones –el citado Juzgado de Primera Instancia y la Audiencia Provincial de Zaragoza–, y ahora el TC ratifica el fallo. Los magistrados consideran legítima la reclamación de la madre y reconoce que ha sido necesaria una «compleja ponderación de los riesgos y beneficios» de la vacunación frente a la covid, pero terminan concluyendo que los segundos son «claramente» superiores a los primeros.

Para ello, el pleno del Tribunal, con la magistrada Inmaculada Montalbán como ponente, se apoya, al igual que hicieron los tribunales que analizaron el caso previamente, en los informes técnicos y científicos de organismos como la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, la Asociación Española de Pediatría o el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades, entre otros. Todos ellos cuentan, según el Constitucional, con «el más alto grado de objetividad y fiabilidad, en oposición a los argumentos» de la madre, que «carecen de un respaldo científico objetivo suficientemente sólido».

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