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Confirmada la condena a 27 años contra el Rambo de Requena por intento de homicidio de dos guardias en Muniesa

El Tribunal Superior ratifica la condena por disparar contra dos agentes en junio de 2020, horas antes de ser detenido en Andorra.

Muniesa zona del ataque del Rambo de Requena /2020-06-08/ Foto: Jorge Escudero [[[FOTOGRAFOS]]] [[[HA ARCHIVO]]]
Zona del ataque del Rambo de Requena en Muniesa  
Jorge Escudero

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ratifica la condena a 27 años de prisión impuesta a Pedro Lozano, el delincuente conocido como Rambo de Requena, por la tentativa de homicidio de dos guardias civiles cuando se disponían a detenerlo el 8 de junio de 2020 en Muniesa. La sentencia ratifica la pena que fijó la Audiencia Provincial de Teruel, que en su sentencia del 29 de abril de 2022 condenó a Lozano por haber disparado con una escopeta de cañones recortados y munición de postas contra dos agentes que lo interceptaron en un callejón.

El TSJA rechaza tanto el recurso de la acusación particular, ejercida por el abogado Enrique Piedrafita, como la del defensor, Manuel Gómez. Piedrafita, que representa a los dos guardias civiles tiroteados por el delincuente, considera que los hechos fueron constitutivos de dos delitos de tentativa de asesinato mientras que Gómez califica lo ocurrido como lesiones graves, en un caso consumadas y en otro en grado de tentativa. El fallo del TSJA, que también corrobora la condena de Lozano por tenencia ilícita de armas, robo con fuerza en casa habitada, hurto de vehículo, conducción temeraria y coacciones, puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.

Uno de los agentes tiroteados resultó herido de gravedad en un brazo y en el abdomen mientras que su compañero pudo evitar el impacto del disparo que el Rambo de Requena efectuó con una escopeta de cañones recortados cuando se vio sin escapatoria en una calle sin salida de Muniesa. Tras disparar y abandonar su vehículo –lo había robado en El Castellar–, se apoderó a pocos pasos de otro automóvil y partió en dirección a Andorra, localidad en la que el fugitivo fue detenido por la Guardia Civil tras recibir un disparo de un agente en una pierna.

La presencia del delincuente y la persecución por la Guardia Civil por las calles andorranas reverdeció entre la población el recuerdo de la tragedia vivida con el pistolero serbio Igor el Ruso en diciembre de 2017, cuando acabó a tiros con la vida de un ganadero local, José Luis Iranzo, y de dos guardias civiles, Víctor Caballero y Víctor Romero.

La detención en Andorra puso fin a una larga persecución de Pedro Lozano iniciada en la Comunidad Valencia, donde cometió varios robos y desde donde pasó a la provincia de Teruel. Permaneció escondido en una casa vacía de El Castellar, pero cuando los propietarios del inmueble llegaron al lugar Lozano escapó en un todo terreno que robó en una casa cercana. Su siguiente parada fue en Muniesa. Al llegar a la localidad minera, su coche quedó inmovilizado en una calle y en su huida a pie se subió al vehículo de un vecino obligándole a sacarle fuera de la localidad. Se adentró en el monte de la Paloma, donde finalizó su alocada huida.

Jorge Piedrafita manifiesta sus discrepancias con la sentencia del TSJA, aunque aplazó la decisión sobre si recurre o no la sentencia a la decisión que tomen los dos guardias civiles a los que representa. El abogado se quedó con "un sabor agridulce" al conocer el resultado del recurso "puesto que si bien la resolución ratifica y da por probados de nuevo los hechos expuestos por la acusación particular, mantiene una calificación de penas inferior para unos hechos que fueron muy graves y que pudieron costarle la vida a dos servidores ejemplares de la Guardia Civil que arriesgaron su vida para salvaguardar la seguridad de la ciudadanía."

El abogado defensor del Pedro Lozano ya ha comunicado al Tribunal Supremo la presentación del recurso. Reiteró su postura de que existen «elementos probatorios» que justifican los delitos de lesiones graves en lugar de homicidio, una alternativa que rebajaría sensiblemente los años de encarcelamiento. A juicio de Manuel Gómez, el TSJA apenas ha entrado a valorar sus argumentos.

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