Los centros sociales que quieran concertar con el Gobierno deberán tener una acreditación administrativa

Esta acreditación es diferente de la autorización administrativa que ya se exige en la actualidad.

María Victoria Broto, en una imagen de archivo
María Victoria Broto, este jueves en el pleno de las Cortes de Aragón.
Oliver Duch

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el proyecto de ley de Ordenación de las Entidades Privadas de Servicios Sociales, una norma que emana de la Ley de Servicios Sociales de 2009 y que incluye entre sus novedades la necesidad de una acreditación para aquellos centros que quieran colaborar con el sistema público de servicios sociales en la provisión de prestaciones públicas sociales o en el desarrollo de medidas o programas impulsadas por las Administraciones públicas.

Esta acreditación es diferente de la autorización administrativa que ya se exige en la actualidad para poder abrir como centro de estas características y que este proyecto de ley también recoge.

La consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que se trata de "un paso más en la calidad de estos centros" y ha detallado que esa nueva acreditación supone "mejoras respecto a los mínimos" que se obligan en la autorización y también implica contar con un modelo de gestión que sea el mismo que el de los centros públicos.

Broto ha comentado que en el caso de la autorización necesaria para la apertura de todos los centros se determinan los servicios y los requisitos que tienen que tener estos establecimientos en instalaciones y personal.

La consejera ha apuntado que con este proyecto de ley y el de Igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual e identidad de género en Aragón, más conocida como Ley de Igualdad LGTBI (lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales), que también ha recibido el visto bueno del Consejo de Gobierno este martes, su Departamento ha presentado nueve leyes esta legislatura, algunas en tramitación todavía en las Cortes autonómicas.

Broto ha recalcado el "compromiso claro desde el primer día para atender a las personas y acabar con el desmantelamiento de los servicios sociales". Así, el principal objetivo del proyecto de ley de Ordenación de las Entidades Privadas de Servicios Sociales es ordenar la actividad desarrollada por las entidades privadas, de iniciativa social o mercantil en materia de servicios sociales.

Para su habilitación, se exige la correspondiente inscripción de las autorizaciones y acreditaciones, en su caso, en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales. El proyecto de ley define las condiciones mínimas para obtener dicha habilitación, si bien su concreción y desarrollo le corresponde a la regulación reglamentaria que se apruebe con posterioridad, que detallará la regulación general prevista en la ley.

Esta norma también será la que establezca el calendario de plazos de adecuación de los centros, tanto de titularidad privada, como también pública, a los requisitos establecidos para la acreditación.

En relación con el ámbito de aplicación, la ley va dirigida a las entidades privadas, de iniciativa social o mercantil y a todos los centros y servicios sociales que gestionen y se encuentren ubicados o actúen en el territorio de la Comunidad autónoma, con independencia de donde radique la sede o el domicilio social del titular.

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