El TC desestima un recurso de la DGA contra la ley que regula cómo guardar el CO2

La norma fue promulgada a finales de 2010 y el Ejecutivo autonómico la recurrió en abril de 2011. El fallo ha tenido lugar este mes.

Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.
Sede del Tribunal Constitucional, en Madrid
Efe

El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso que el Gobierno de Aragón presentó hace más de cinco años contra la Ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono. El Ejecutivo aragonés consideraba que el texto "vulneraba las competencias autonómicas en materia de energía y minas y medio ambiente".


Los servicios jurídicos de la DGA iniciaron el proceso legal el 12 de abril de 2011, hace dos legislaturas, con Marcelino Iglesias aún al frente de la institución. En el texto aragonés se muestra la oposición a diferentes apartados de doce artículos, así como de las disposiciones transitoria primera y final undécima. La ley había sido promulgada el 30 de diciembre de 2010.


Esta ley establece el marco jurídico para guardar el CO2 "en condiciones seguras para el medio ambiente, con el fin de contribuir a la lucha contra el cambio climático" y sus redes de transporte. Las partes recurridas abordan cuestiones como la capacidad de otorgar o denegar los permisos, pedir los informes a las empresas interesadas o sacar a concurso zonas no explotadas.


También contemplan los tiempos máximos de concesión, las instalaciones auxiliares, las expropiaciones forzosas, las servidumbres de los terrenos anexos y las redes auxiliares de transporte.


Otros puntos que recoge la ley y fueron recurridos por el Ejecutivo aragonés son las condiciones que se exigen a las empresas, la labor de seguimiento de los trabajos en las zonas afectadas, las obligaciones relativas al cierre de las explotaciones y al periodo posterior y la competencia en la resolución de los conflictos que la actividad pueda generar.


El fallo del Tribunal Constitucional tuvo lugar el pasado 6 de octubre. Durante la votación hubo un voto particular de una magistrada, secundada por un homólogo, que discrepaba de la sentencia al argumentar que "alteraba la distribución de competencias" y que conclusiones de este tipo suponen "un paso más para ir reduciendo las competencias de las comunidades autónomas".

Una ventaja económica

El acopio de dióxido de carbono en un entorno natural en lugar de uno artificial ofrece una ventaja económica, según explica el físico de CIRCE y doctorando de la Universidad de Zaragoza Manuel Bailera, cuya tesis aborda el almacenamiento de energía a gran escala: "Una vez se captura el CO2 puro en, por ejemplo, una central de producción de energía a partir de combustibles fósiles, éste se mete bajo tierra, en rocas porosas o cavernas, pues su almacenamiento resulta más barato que en otro sitio".


El investigador indica que, aunque la técnica se emplea en algunos puntos de España, "está más extendida en aquellos países donde es más común la extracción de petróleo, pues se reaprovechan los pozos para albergar el CO2, aumentando la presión y favoreciendo la extracción del petróleo restante. De este modo también se abaratan los costes".

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