​El TC permite a Aragón volver a gestionar la reserva hídrica

El TC levanta la suspensión cautelar que pesaba sobre varios artículos de la Ley de Aguas recurridos por el Gobierno central.

El Consejo de Ministros recurrió la Ley de Aguas de Aragón el pasado mes de julio.
El Consejo de Ministros recurrió la Ley de Aguas de Aragón el pasado mes de julio.
EFE

El Tribunal Constitucional ha acordado levantar la suspensión cautelar que pesaba sobre catorce artículos de la Ley de Aguas de Aragón desde que el Gobierno central presentase en julio un recurso de inconstitucionalidad contra varios de sus apartados. Así lo acordó el Pleno del TC en un auto emitido el pasado 15 de diciembre que fue comunicado este lunes a la Mesa de las Cortes y, en principio, así se mantendrá hasta que el tribunal dicte sentencia.


La mayor parte de los artículos que no gustaron entonces al gobierno de Mariano Rajoy reflejan el derecho de la Comunidad a gestionar la reserva hídrica de 6.550 hectómetros cúbicos para uso exclusivo de los aragoneses que contempla el Estatuto de Autonomía. Una reserva de agua que despertó el rechazo de otras comunidades y del Gobierno central desde su inclusión en la norma básica de la Comunidad pero que el TC terminó por avalar en 2011 al considerar que se trataba más de una orientación que de una reserva vinculante.


La Ley de Aguas y Ríos de Aragón fue aprobada en noviembre de 2014 por el gobierno de Luisa Fernanda Rudi y regula, entre otras cosas, todo lo relacionado con la gestión de esa reserva de agua, la cual atribuye a los organismos autonómicos pero cuya existencia supedita a la planificación hidrológica estatal.


Ni con todos los embalses de la comunidad al 100% de su capacidad se alcanzarían esos 6.550 hectómetros cúbicos. Pese a ello, el Gobierno central consideró que Aragón no tiene derecho a garantizarse la gestión exclusiva de la reserva porque las aguas intercomunitarias que discurren por la Comunidad son "competencia exclusiva y plena del Estado, según el artículo 149.1 de la Constitución".


El TC admitió a trámite el recurso y en septiembre suspendió de forma cautelar la aplicación de todos los puntos impugnados. Las Cortes reaccionaron y acordaron personarse en el procedimiento y defender la legalidad del texto. El consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona, avisó entonces de que el Ejecutivo autonómico lucharía por la gestión del agua reservada. Tres meses después, el Tribunal Constitucional ha rectificado y levantado la suspensión impuesta sobre todos los artículos impugnados que hacen mención a la reserva hídrica. Resulta de especial relevancia el apartado 2.b) del artículo 12, el cual estipula que los aragoneses, "a través de la administración hidráulica de Aragón, gestionarán la reserva de agua a favor de la Comunidad Autónoma de Aragón".


Aunque el proceso sigue adelante y pasarán años hasta que el TC dicte sentencia, el mismo auto levanta también el veto al artículo de la Ley de Aguas que prevé la creación y gestión de un registro de seguridad de presas, embalses y balsas de Aragón por parte del Instituto Aragonés del Agua. Sin embargo, se mantiene la suspensión de dos artículos que atribuyen a este organismo la tramitación de las autorizaciones de vertidos al cauce público y de reutilización de aguas regeneradas, competencias que ejerce el Estado a través de los organismos de cuenca.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión