La Junta propone agilizar las actuaciones urbanísticas mediante licencias 'express'

Aquellas obras consideradas menores dejarán de requerir licencia urbanística municipal.

En Soria, se registraron 77 solicitudes para abrir comercios sin licencias comerciales en 2013.
En Soria, se registraron 77 solicitudes para abrir comercios sin licencias comerciales en 2013.

La buena acogida de las reformas ‘express’ en los locales comerciales de la capital puede encontrar su continuación en las actuaciones urbanísticas menores. El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León aprobó el pasado 3 de abril un Proyecto de Ley sobre la rehabilitación, regeneración y renovación urbana que contempla la agilización de los trámites burocráticos como una de sus máximas fundamentales.


El texto legal incluye el régimen de declaración responsable para todas aquellas actuaciones urbanísticas consideradas menores como la reforma o rehabilitación de construcciones (de carácter integral o parcial), el cambio de uso de instalaciones (una vivienda que pasa a tener uso comercial), la ejecución de obras e instalaciones en el subsuelo (cuando no afecten a elementos estructurales o no sean de obra nueva), obras menores de sustitución, renovación o reparación de revestimientos, alicatados, pavimentos, falsos techos, carpintería interior, fontanería, instalaciones eléctricas, enlucidos y pinturas, e incluso trabajos previos a la construcción.


Todas estas actuaciones, además de otras muchas disponibles en la página web de la Junta de Castilla y León, dejarán de requerir licencia urbanística municipal, será suficiente una declaración responsable ante la autoridad municipal que automáticamente dará permiso reservándose el derecho a la inspección posterior, no previa como ocurre actualmente.


Con esta medida, el Gobierno regional se aproxima a la normativa europea y pretende agilizar la licencia urbanística. Un aspecto “fundamental que beneficia a los ciudadanos puesto que en estos casos la licencia urbanística puede conllevar meses de tramitación”.


La licencia urbanística seguirá siendo necesaria en las actuaciones relevantes: construcciones de nueva planta, demolición de construcciones e instalaciones (salvo en caso de ruina inminente), actividades mineras y extractivas, construcción de presas, desmontes, excavaciones, explanaciones y movimientos de tierra, corta de arbolado y de vegetación arbustiva en suelo urbano y urbanizable, entre otras actuaciones.

Las licencias ‘express’ en los comercios sorianos

Desde que en 2012 la mayor parte de los comercios de la capital (primero de menos de 300 metros cuadrados de superficie, y ahora de 750) no necesita una licencia previa para iniciar su actividad, en el Ayuntamiento de Soria se tramitaron a lo largo del año pasado un total de 77 expedientes de este tipo, más otra solicitud en lo que va de año, según los datos facilitados por el Consistorio.


Y es que desde la puesta en marcha de la ley de liberalización del comercio, una normativa que salió publicada en el Boletín Oficial del Estado el 26 de mayo de 2012, se ha reducido los trámites para abrir un establecimiento comercial mediante la 'licencia express', una «declaración responsable por la que se eliminan las licencias previas a la apertura y actividad vinculadas a establecimientos comerciales de hasta 300 metros cuadrados ubicados en todo el territorio nacional, sus instalaciones y determinadas obras previas», según indica el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.


Así, el solicitante de esta licencia debe manifestar deforma explícita el cumplimiento de los requisitos exigibles a través de una declaración responsable o comunicación previa; estar en posesión del justificante de pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo; y disponer, cuando sea exigible, de un proyecto técnico firmado por un técnico competente. Se regula, además, la tramitación conjunta de actuaciones relacionadas con la misma actividad o local, lo que hasta ahora requería trámites independientes.


La norma está dirigida a empresas del sector comercial minorista y de determinados servicios, con establecimiento permanente en cualquier parte del territorio nacional y cuyo umbral de superficie de venta y exposición al público no supere los 300 metros cuadrados. Los cambios de titularidad de actividades comerciales y de servicios comprendidos en la norma tampoco requieren de licencia previa de acuerdo a la nueva normativa.


La mayoría de las actividades tramitadas tienen que ver con la venta de alimentación al por menor, peluquería, ropa y textil, pastelería y panadería, perfumería, estética y calzado.