TRIBUNALES

Cuando se acaba el amor, se reclama el BMW

Ella aseguraba que él le dio un talón de 36.000 euros con la intención regalarle un coche que le había prometido. Él, que le dejó este dinero en casa cuando fue a visitarla por no llevar tantos euros encima, pero que le advirtió de que se pasaría a recogerlo por la tarde.

 

Todo sucedió en diciembre de 2006, después de que ambos -ella, que ahora tiene 28 años y él, de 80-, hubieran mantenido una relación en los meses anteriores. Y, después, como suele decirse, se acabó el amor y esta historia de celos, dinero y coches caros terminó en los tribunales.

Ahora, más de dos años después, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de absolverla a ella, que responde a las iniciales M. R. B., y que utilizó el cheque para adquirir un BMW azul. También al segundo acusado, R. C. G., que, según ha quedado probado, lo único que hizo fue poner el vehículo a nombre de su empresa y que nunca supo de dónde había salido el dinero. La mujer ha sido asistida por el letrado Simón Lahoz Bernad.

 

La sentencia aprecia claramente que hay versiones totalmente diferentes, ya que F. L. C., de 80 años, insiste en que solo dejó el dinero en casa de ella por unas horas, mientras que la chica siempre ha defendido que el talón fue "un regalo que se hizo para que se comprara un coche que le había prometido hace tiempo y que ya tenía reservado con anterioridad". De hecho, la joven ya había dado una señal de 200 euros en el concesionario un mes antes.

El fiscal pedía prisión

El Ministerio Fiscal, que calificó los actos como constitutivos de delito de estafa, solicitó 2 años de prisión para la joven y multa de 7 meses con una cuota diaria de 6 euros; además de que se indemnizara al demandante devolviéndole los 36.000 euros más intereses.

Por su parte, la acusación particular pedía, tanto para M. R. B. como para R. C. G., 3 años de prisión para cada uno, multa de 6 meses y pago de las costas procesales. Además, los 36.000 euros, el interés legal y otros 500 euros en concepto de los daños morales que se habían vertido contra el demandante.

 

Pero nunca se pudo probar si aquello fue un regalo o una estafa. En el juicio, una conocida de la joven aseguró que estaba en el domicilio de la chica cuando esta recibió el dinero, y que no oyó a F. L. C. decir que se lo tenía que devolver.

 

Además, concretó que, en otras ocasiones, el anciano había prometido un coche a la chica. Por otra parte, un amigo del demandante insistió en que F. L. C. solo quería acudir con Marta a comprar el coche por tener consejo, ya que no tenía claro el modelo que él quería comprar.

Así que el fallo terminó por apreciar que existía una "duda razonable" sobre si el talón fue entregado para ser gastado o, por el contrario, ser devuelto. Ante la incógnita se aplicó el principio "in dubio pro reo", que en caso de duda favorece al acusado y que, en esta situación, terminó por absolver a los dos demandados.

Denunció diez meses después

Otros factores también pesaron en la sentencia, que ya es firme. Por ejemplo, el hecho de que el firmante del talón, F. L. C., no reclamara ni los 36.000 euros ni la propiedad del coche hasta casi un año más tarde.

De hecho, el talón fue entregado el 22 de diciembre de 2006 por la mañana. Y aunque quedó probado que ambos habían mantenido una relación que incluía los encuentros sexuales ocasionales, y que el anciano había solicitado al Banco de Valencia un cheque por importe de 36.000 euros, es igualmente seguro que la relación terminó por deteriorarse.

 

Sin embargo, F. L. C. tampoco reclamó el dinero ni el coche en aquel momento. Es más, la querella no llegó hasta diez meses después de la entrega del cheque, sin que se haya podido probar que en este tiempo le fuera requerido el dinero a la joven ni por vía judicial ni notarial.

Fue en estos meses cuando la relación terminó por deteriorarse drásticamente. De hecho, en agosto de 2007, nueve meses después de la compra del coche, F. L. C. se dirigió a la joven con expresiones como: "Si te veo con otro te saco las tripas, te pego un tiro a tí y luego me lo pego yo".

 

A estas amenazas les siguieron otras, vía telefónica, como: "ladrona, prostituta, golfa, etc." y, ya después, se interpuso la denuncia por los 36.000 euros. Todo esto desembocó en otro proceso judicial que hizo que F. L. C. fuera condenado por el Juzgado de lo Penal número cuatro.