Así podrán los partidos elaborar un censo ideológico con tus tuits

La nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales permite a las formaciones políticas acceder a nuestras redes sociales y enviarnos propaganda sin permiso

Una internauta consulta una página web
Una internauta consulta una página web
Raquel Labodía

Hace ocho años, la presión de los internautas consiguió paralizar la denominada ley Sinde impulsada por el Gobierno de Rodríguez Zapatero -aprobada más tarde por el Ejecutivo de Rajoy-. Ahora, sin embargo, el Senado acaba de dar luz verde casi sin contestación, salvo a última hora, al proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, que da carta blanca a los partidos para elaborar ficheros ideológicos a partir de datos obtenidos en internet, como el contenido que compartimos en redes sociales, con los que enviar propaganda personalizada.

La controversia surge de un único punto, el 58 bis, encuadrado en la disposición final tercera. Hay que recordar que el texto fue aprobado por unanimidad en el Congreso. Al Senado llegó este miércoles y también obtuvo un gran consenso, con solo 21 votos en contra; los diputados de Unidos Podemos, que a última hora se desmarcaron del mencionado punto.

No solo eso: la formación ha anunciado un recurso al Tribunal Constitucional, al igual que las asociaciones de internatuas. De este modo, será la Corte de Garantías la que finalmente tenga que interpretar el alcance del artículo 58 bis.

Pero ¿qué dice el dichoso punto? Esto:

Lo que parece claro, a tenor del revuelo generado y de las discrepancias entre el legislador y los usuarios sobre el punto de la discordia, es que el redactado dista mucho de ser clarificador. Entre los expertos, eso sí, la unanimidad es aún mayor que la registrada en sede parlamentaria.

Para Sergio Carrasco, experto en derecho digital, “una cosa es lo que dice el articulado y otra lo que quien lo ha propuesto dice que se permite o no”. El objetivo declarado con la disposición final tercera es evitar un posible caso Cambridge Analítica. “Y sin embargo lo que al final consigue es legalizarlo”, lamenta Carrasco. “Los partidos pueden acabar con enormes bases de datos de perfiles ideológicos y luego ¿cómo controlas que el tratamiento va a ser usado de un modo u otro? ¿Cómo vas a saber seguro que alguien no va a acceder a esa base de datos para un mal uso?”, se pregunta este experto.

Javier Sempere, letrado del CGPJ y que publica en el portal Privacidad Lógica, recuerda que al precisarse en el punto 58 bis que el envío de propaganda electoral no tiene consideración de comunicación comercial, no puede crearse un equivalente a la ‘lista Robinson’ para eludir esa propaganda.

La Agencia de Protección de Datos ha salido al paso para dejar claro, en boca de su directora, Mar España, que la nueva norma "no permitirá a los partidos realizar perfiles con datos ideológicos, sexuales, religiosos o de otro tipo" que los ciudadanos ofrezcan con su comportamiento en las redes sociales, de acuerdo a "la interpretación" de esta entidad. "Tampoco se permitirá el envío de publicidad o propaganda electoral adaptada a un perfil ideológico", ha abundado este jueves España. Pero ahí está el problema: hay otras interpretaciones.


“No es tanto el ‘spam’ como la utilización de los propios perfiles para la distribución de contenidos; puedes hacer que una persona actúe de un modo u otro en función de su ideología. Lo animas a votar o no, por ejemplo”, explica Carrasco. Para el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, "la nueva ley incurre en varios errores porque no se la ha leído nadie y los grupos la han aceptado sin rechistar hasta ahora que ha saltado la alarma social", según indicó ayer a Efe. "No se puede anteponer el interés político al derecho fundamental a la intimidad", recuerda por su parte el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez.

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