Cambios de nombre

Donde dije Ester, no digo Esther

El registro civil de Zaragoza recibe 80 solicitudes al año de personas que quieren modificar su nombre o los apellidos. Hay cambios justificados y otros que no cumplen los requisitos.

El cambio de nombre debe ser justificado
Donde dije Ester, no digo Esther

Los hay extravagantes, necesarios, obligados o por puro capricho. Pero todos pasan por el Registro Civil de Zaragoza. Algo más de 80 personas (82 en 2011) solicitan cada año un cambio de nombre o de apellidos, un derecho que permite la legislación, siempre y cuando se cumplan unas exigencias mínimas.


“La mayoría de las peticiones responden a cambios de apellidos”, señalan fuentes judiciales encargadas de este proceso. “Esto es así -continúan-, porque los cambios nimios tales como Ana por Anna o Ester por Esther se suelen denegar”.


Tal y como señalan las bases que regulan este trámite, “el nombre y apellidos de una persona se rigen por los principios de estabilidad del estado civil y fijeza. Por ello, su cambio no está sujeto a la libre voluntad de los particulares y solo es posible en los casos establecidos en la Ley”.


O lo que es lo mismo, la causa debe ser justificada. Los cambios de nombre más habituales son aquellos que se solicitan para sustituirlos por el equivalente a cualquier lengua española, y en este apartado se incluye la fabla. Pero también se da para modificar el nombre legal por el usado habitualmente. En este caso, el interesado debe presentar al menos 6 documentos públicos o privados en que aparezca con el nombre pretendido, así como dos testigos mayores de edad que declaren acerca del uso del nombre que desea.


De cualquier forma, “se requiere justa causa, lo que supone que el cambio de nombre propio no sea mínimo e intrascendente”.


En cuanto a los apellidos, lo más habitual es solicitar el cambio de orden. Pero la variedad de situaciones es ilimitada. Desde la anteposición de la preposición 'De' al primer apellido que se usa socialmente como nombre propio, hasta la adecuación gráfica a las lenguas españoles de la fonética de un apellido extranjero.


A su vez, el cambio de apellidos es posible en aquellos supuestos donde el solicitante sea objeto de situaciones de violencia de género, así como para borrar apellidos contra el decoro, que ocasionen graves inconvenientes o incluso para evitar la desaparición de un apellido español.