Aboliciones

Aboliciones
Aboliciones
Lola García

La prostitución no se puede abolir, incluso en los casos en que sea delictiva (probablemente, los más). 

La prostitución no puede abolirse de la misma manera que no puede abolirse el robo, ni el asesinato, ni la prevaricación, ni el crimen en general. La prostitución que quede definida como delito puede prohibirse, perseguirse y reprimirse, castigarse y condenarse, pero no puede abolirse. Este gobierno está compuesto por dos partes desiguales, con aliados políticamente indecentes y tiene enfrente a una oposición diversa, que hace lo que puede para convencer al público de que, en caso de llegar al gobierno, lo ejercería mejor que Pedro Sánchez. Unos y otros, que se haya percibido, al menos, han entablado un debate sobre si la prostitución debe abolirse o no; y, de resultar que sí, en qué casos.

Quede claro que esa abolición es un imposible. Pueden abolirse normas legales, decretos y leyes, mediante su derogación. Puede abolirse la esclavitud, por ejemplo, ya que es una cuestión legal: la esclavitud estaba establecida y regulada por ley, de forma que, derogada esta, la esclavitud quedaba abolida. Si nuestros gobernantes y legisladores, en general, no han comprendido estos conceptos, es solo culpa suya.

Dos asuntos relativos a la situación de la mujer -pero no solo- se discuten estos días en las alturas y en ambos casos se aprecia más deseo de ruido que de nueces

En Aragón hay casos muy notorios de aboliciones. Tras su victoria en la batalla de Épila el 21 de julio de 1348, Pedro IV de Aragón abolió el Privilegio de la Unión de nobles. Pasó a no existir. Mediada ya la larga guerra paneuropea que los españoles llamamos de Sucesión, Felipe V dejó a los reinos de Aragón y Valencia sin sus fueros o leyes propias, no solo por abolición y derogación, sino empleando expresamente esos términos, mediante su decreto de 26 de junio de 1707, en el que, en virtud de su "deseo de reducir todos mis Reinos de España a unas mismas leyes, (...), he juzgado por conveniente abolir y derogar enteramente, como desde luego (desde ahora) doy por abolidos y derogados todos los fueros, privilegios, practica y costumbre hasta aquí observadas en los Reinos de Aragón y Valencia". Y quedaron abolidos y sin fuerza de ley.

Son lo que llaman los estudiosos palabras performativas: al decirlas, surten efecto, sin más. Así, el juez, o autoridad equiparable, cuando dice "os declaro unidos en matrimonio". Y ya está. Dicho y hecho.

Recordaba Jesús Delgado en una lección luminosa sobre el derecho y la palabra, que, ya en el siglo XII, cuando el Derecho empezó a estudiarse en la universidad (no en el monasterio, ni en la corte, ni en casa de los letrados), se partía del conocimiento del lenguaje. Era esencial entender las clases de gramática y lengua del sabio Irnerio (Guarnerio, para otros), que servían para penetrar en el derecho romano, recuperado a través de Bizancio. Nuestra raíz cultural es extensa, profunda y variada y por eso hay que resistirse a tantos recetadores mentecatos de señas de identidad adquiridas en el ‘Todo a Cien’ de cada lugarejo histórico.

El lenguaje jurídico, cuando es bueno, rivaliza en belleza y precisión conceptuales y formales casi con cualesquiera otros; y es de necesario conocimiento, al menos en grado mínimo, por quienes proponen y hacen las leyes. Por eso es permisible, y aun recomendable, hacer caso omiso y menosprecio intelectual de los que pueden regular legalmente nuestras vidas y creen posible ‘abolir la prostitución’.

Abolir es pariente de abrogar, anular, casar, derogar, revocar o rescindir, pero no exactamente equivalente. Abolir lo que no puede ser objeto de abolición es necedad, en sentido etimológico: algo propio de quien no sabe.

Hay aboliciones formalmente posibles, pero inviables en la práctica. Los romanos usaban la condena del recuerdo (‘damnatio memoriae’) para forzar el olvido de alguien especialmente abominable. Se procedía a la abolición de su nombre (‘abolitio nominis’) de cualquier parte donde se hallara escrito. El caso es que hoy podemos dar la lista completa y numerosos detalles de cuantos romanos fueron condenados legalmente al olvido y a la omisión de su nombre. Y no se crea que el legislador (aun siendo un monarca absoluto) pretendía solo efectos simbólicos: era, sobre todo, una desmesura frenética la afirmación de su omnímodo poder, que se extendía desde el hoy al ayer y al mañana.

Pedro IV, preso de furia abolitoria, ordenó que los pergaminos del Privilegio de la Unión (no confundir con el Privilegio General, que mantuvo), fueran "desgarrados, destruidos y quemados, de modo que en adelante no quede memoria de ellos, ni puedan ser habidos en ningún tiempo en el futuro". La historia de Aragón, como la de España, nos librarían, si se conocieran, de alguna necedad como esta de ‘abolir’ la prostitución. Es que no se puede.

De paso: leo en un folleto del Ministerio de Sanidad (2018) una larga tabla con los días de baja laboral por causas menstruales. Otra innovación viejísima que nos quieren colar.

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