sociedad

Para qué sirve y cómo es el impreso del nuevo registro de bebés fallecidos antes de nacer

Ahora es obligatorio inscribira los "nacidos sin vida" si superaron los seis meses de gestación y se podrá añadir de forma voluntaria el nombre que hubieran tenido.

Banderas a media asta en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza por la pandemia del coronavirus.
Banderas a media asta en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza por la pandemia del coronavirus.
José Miguel Marco

Los bebés fallecidos antes de nacer también tienen que ser inscritos en el Registro Civil desde el cambio legal que ha entrado en vigor este miércoles. Se establece esta obligación si la muerte se produjo posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento, pudiendo los padres otorgar un nombre.

Una instrucción de la dirección general de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre la disposición adicional cuarta de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, establece la obligatoriedad de que figure en un archivo del Registro Civil, pero no tendrá efectos jurídicos. Así, la modificación no cambia la normativa española en cuanto a que esta solo considera que se adquiere la condición de persona si el bebé "sobrevive 24 horas fuera del seno materno", si no "no se desencadenan efectos civiles propios del naciomiento", según explican fuentes jurídicas.

Con el cambio es posible registrar las defunciones que se prudujeran antes, si lo solicita "cualquiera de los progenitores" y "en el plazo de dos años" desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este 8 de agosto, que entró en vigor al día siguiente.

En estos supuestos, es necesario contar con un certificado médico que acredite que el fallecimiento se ha producido con posterioridad a los seis primeros meses de gestación y antes del nacimiento.

Si se superaran los seis meses de gestación, "cualquiera de los progenitores" puede solicitarlo y  se expedirá una certificación en la que constarán los datos del alumbramiento, así como el nombre, en su caso, del hijo o hija no nacidos.

Este es el impreso para inscribir a "nacidos sin vida"

La modificación incluye la aprobación de un nuevo formulario en el Registro Civil, el modelo 9 bis ('Declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación'). La instrucción regula el procedimiento tanto para la inscripción mediante un formulario en papel o digital. 

En el documento se solicitan los datos relacionados con el alumbramiento como la fecha, la hora, el lugar y el fallecimiento. Sobre este último hay que completar si murió antes o durante el parto, la edad gestacional aproximada, el sexo y es opcional incluir el nombre del nacido. Se debe incluir el nombre de la madre, pero resulta opcional poner el de "quien se declare el padre" o el de otro progenitor. 

Impreso para inscribir en el Registro Civil a bebés fallecidos después de los seis meses de gestación.
Fragmento del impreso para inscribir en el Registro Civil a bebés fallecidos después de los seis meses de gestación.
H. A.

En el caso de que se entregue el documento en soporte físico, el Registro Civil dispondrá de un archivo en el que se conservarán "debidamente numeradas y ordenadas" las declaraciones (modelo 9 bis), firmadas por el declarante y "al menos, por dos facultativos", detalla la norma. En ellos se incluirá el nombre al nacido sin vida. En el índice constará el nombre y apellidos de la madre y en su caso, el del hijo, y se numerará correlativamente, a los efectos de poder facilitar la búsqueda.

Si el Registro Civil está digitalizado se creará un expediente en la aplicación Dicireg con los mismos datos anteriores.

Organizaciones feministas han mostrado este jueves su "profunda preocupación" y "rechazo" ante la citada instrucción al considerar que es un "retroceso atroz" del derecho al aborto.

En un comunicado, las entidades feministas -entre las que se encuentran Catab, L'Escola AC o Alianza contra el Borrado de las Mujeres- argumentan que este posicionamiento jurídico del Ministerio de Justicia supone "una concesión sin precedente a los colectivos antiderechos, autodenominados pro-vida" así como "un avance en las posiciones contrarias históricamente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres". Estos colectivos lamentan la incorporación de lo que el Registro califica como "nacidos sin vida" y que "gobiernos que se autoproclaman feministas hagan concesiones conceptuales tan amenazadoras a los postulados de la extrema derecha".

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión