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El Constitucional se pronunciará por vez primera sobre la intersexualidad

El Tribunal Constitucional revisará el caso de una persona que sufrió discriminación laboral por ser intersexual, es decir, que presenta características físicas de ambos sexos.

Madrid, 24 nov (EFE).- El Tribunal Constitucional revisará el caso de una persona que sufrió discriminación laboral por ser intersexual, es decir, que presenta características físicas de ambos se...
Tribunal Constitucional
Declaración de Trapero en el Tribunal Constitucional.
Efe

 El Tribunal Constitucional revisará el caso de una persona que sufrió discriminación laboral por ser intersexual, es decir, que presenta características físicas de ambos sexos, masculino y femenino.

Lo hará tras admitir a trámite el recurso de amparo del trabajador contra la resolución de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que rechazó revisar el caso, según adelanta El Español y ha confirmado Efe en fuentes jurídicas.

Será así la primera vez que el tribunal de garantías se pronuncie sobre la intersexualidad, el denominado tercer género. La ponencia, ha recaído en la magistrada María Luisa Balaguer.

El trabajador pidió a la Justicia que declarase nulo el despido y se condenase a la empresa a abonarle 60.000 euros por daños materiales y morales, pero tanto el juzgado de lo social que examinó su caso como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazaron su demanda. También el Supremo, que inadmitió su recurso.

Los hechos se remontan a 2013, cuando el recurrente, de nacionalidad belga, fue contratado con un período de prueba de seis meses. Aunque el centro de trabajo se fijó en Wavre (Bélgica), el contrato se regía por la legislación laboral española.

Según la sentencia recurrida, el demandante iba a trabajar unos días vistiendo pantalón y otros, falda. En una ocasión, el director general de la empresa le pidió "que vistiera de forma más correcta, pero sin exigirle que llevase falda o pantalón", tras haber acudido al trabajo "con una ropa (un pantalón corto o una falda corta) que la directora de recursos humanos consideró inapropiada".

No consta, prosigue la resolución, que "se le prohibiese al actor vestir con falda" y tras la reunión no hubo "ninguna incidencia ni reproche" por su forma de vestir, pese a que siguió llevando falda. El 16 mayo 2013 la empresa extinguió su contrato por "no haber superado el período de prueba".

La Sala consideró que la empresa "justificó su decisión" en "motivos ajenos a cualquier discriminación, basándose en la reorganización de la empresa y la falta de satisfacción" con su labor e impuntualidad, y resaltó que "consintió que usara falda", de modo que descartaba que "su condición de transgénero fueran la causa de su cese en periodo de prueba".

Tras dos sentencias perdidas, el demandante acudió al Supremo, que inadmitió su recurso, siguiendo el criterio del fiscal; de modo que continúo su periplo judicial y llegó al Tribunal Constitucional, que ahora debe decidir sobre su caso. 

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