ley de enjuiciamiento criminal

La nueva LeCrim prevé "secuestrar publicaciones" de forma cautelar

En este anteproyecto se otorga al fiscal instructor el monopolio del control de la información de las causas.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, durante la sesión de control al Ejecutivo este miércoles en el Congreso.
El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, durante la sesión de control al Ejecutivo este miércoles en el Congreso.
Emilio Naranjo/EFE

El anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal del Gobierno incluye, en su artículo 296, una importante novedad que afecta al derecho a la información. Se trata de la introducción de una medida cautelar que uno de los actores jurídicos principales, en este caso el juez de garantías, podrá adoptar si la investigación se ve afectada por determinadas publicaciones en los medios de comunicación.

Esta medida provisional permitirá, de este modo, la posibilidad de "secuestrar publicaciones, prohibir su difusión, la interrupción de la prestación de servicios, la retirada de datos o de contenidos, la eliminación de páginas web o el bloqueo de acceso a las mismas" cuando existan indicios racionales de que el delito investigado se ha cometido a través de medios sonoros o fotográficos, o con difusión por escrito, radio, televisión, cinematográfico, electrónico o informático.

Este precepto se adoptará cuando "resulten indispensables" para evitar la continuación delictiva o para reintegrar a la víctima del delito en el pleno disfrute de sus derechos. De igual modo, si la medida cautelar afecta a una información publicada por prestadores en el extranjero se acudirá a la cooperación jurídica internacional para paliar sus efectos.

Control de la información

Esta regulación recoge los aspectos esenciales de la normativa incluida en el fallido anteproyecto procesal penal del PP, en 2013, que ya generó una importante polémica, sobre todo en lo referido a la protección de las investigaciones bajo secreto. En este anteproyecto, en cambio, se dan varios pasos más y se otorga al fiscal instructor -la figura estrella de la reforma- el monopolio del control de la información sobre el devenir de las causas judiciales, siempre que sea relevante y "en lo esencial".

"La implantación de facto de un sistema de difusión total e indiscriminada de cuanto acontece en el curso de la actividad investigadora oficial ha contribuido a la proliferación no ya de juicios paralelos, sino más bien de juicios anticipados que se ponen en marcha desde la primera sospecha policial", justifica el texto.

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