El Supremo ratifica 20 años de pena para el hombre que asesinó a su esposa en Soria

El Alto Tribunal considera probado que el condenado participó de forma activa eficaz y decisiva en el asesinato de su mujer.

Este dispositivo se desplegará en los alrededores del Tribunal Supremo, muy próximo a la Audiencia Nacional y a la sede nacional del PP
Sede del Tribunal Supremo en Madrid.
Ballesteros/EFE

El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la pena de 20 años de cárcel para D. F. por asesinar en Soria, el 22 de junio de 2015, a su mujer, R. N., de 35 años, en el domicilio conyugal, tapándola la nariz y la boca.

El Supremo ratifica así la pena que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que confirmó la anteriormente impuesta por la Audiencia Provincial de Soria, y que desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa.

En la sentencia del Supremo, facilitada este martes por la oficina de Comunicación del Tribunal, se condena además al hombre al abono de las costas ocasionadas con motivo del recurso formulado.

El recurso de casación se basó en la vulneración del principio de presunción de inocencia, ya que a juicio del recurrente la sentencia del Alto Tribunal autonómico se fundó en actuaciones carentes de los requisitos mínimos probatorios para desvirtuar dicha presunción.

El Tribunal Supremo ha confirmado, por contra, la existencia de pruebas válidas, sometidas a contradicción y con un significado incriminatorio suficiente para estimar que el acusado D.F. participó "de forma activa, eficaz y decisiva" en la causa de la muerte de su mujer.

El Tribunal del Jurado condenó a D.F. en noviembre de 2017 a 20 años de prisión como autor del delito de asesinato de su mujer, con la circunstancia agravante de parentesco.

La Audiencia Provincial de Soria consideró que los hechos declarados probados eran constitutivos de un delito de asesinato, por haber sido causada la muerte con alevosía por el acusado.

Y el órgano judicial provincial incorporó también la privación de la patria potestad al acusado respecto a su hijo y la prohibición de aproximación a menos de 500 metros del niño y de los hermanos, cuñados, sobrinos y padres de la fallecida, durante 30 años.

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