BANCOS Y CAJAS

Un juez declara "abusivas" las cláusulas suelo de las hipotecas por primera vez

Un tribunal de Sevilla obliga a BBVA, Cajamar y Caixa Galicia a retirarlas, tras una demanda de Ausbanc. El banco ha anunciado que presentará un recurso de apelación.

Una de las cuestiones que más quejas ha generado entre los hipotecados en los últimos años empieza a tener solución judicial. El juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla ha reconocido la "nulidad por abusivas" de las cláusulas suelo de las hipotecas de tres entidades financieras, dando la razón a Ausbanc. Estas cláusulas impiden al cliente beneficiarse totalmente de las rebajas de la hipoteca por la caída de los tipos de interés, ya que fijan un límite. La sentencia conocida ayer responde a una acción colectiva de cesación de condiciones generales de la contratación presentada por Ausbanc, que aportó préstamos hipotecarios de BBVA, Cajamar y Caixa Galicia. Es a los clientes de estas tres entidades financieras a los que afectará la resolución, que pide que se eliminen las cláusulas y dejen de utilizarse en nuevos contratos.


De momento, su ejecución se alargará ya que BBVA anunció ayer su intención de recurrir en apelación.


La asociación destacó que se trata de la primera vez que un juzgado las considera cláusulas abusivas y reconoce que son condiciones generales impuestas y no negociadas con el cliente. Además, esperaron que se devuelva a los clientes el dinero que deberían de haberse ahorrado en los últimos años con el Euribor en mínimos históricos.


"Notorio desfase"

En la sentencia, el juez indica que se advierte "de modo notorio" un "desfase entre los extremos" ya que considera el suelo fijado "asumible por el consumidor" pero ve "imposible" el techo. En las hipotecas estudiadas la cláusula fija como interés mínimo que paga el cliente el 3,25% (aunque el Euribor esté actualmente en el 1,42%) y un techo máximo del 15%. Sobre este último, el juez cree que un alza de este tipo "no pudiere ser afrontada por nadie o por muy pocos". Por ello, cree que "las limitaciones al alza y a la baja no son semejantes". Además, apunta que "no son el objeto de la libre negociación" sino que vienen "predispuestas e impuestas" y aparecen "con generalidad".


Por su parte, BBVA anunció que presentará un recurso de apelación contra la sentencia. Fuentes jurídicas explicaron que se trata de una resolución declarativa que no se puede ejecutar hasta que no se resuelvan los recursos. Por lo que las partes podrán recurrir la decisión de la Audiencia en casación ante el Tribunal Supremo.


Fuentes del sector explicaron que estas cláusulas están admitidas y reguladas por la Orden Ministerial de 5 de Mayo de 1994, que solo exige que se informe de ellas. Las entidades financieras aportaron en su defensa el reciente informe del Banco de España que considera que estas cláusulas favorecen la estabilidad financiera y son positivas desde el punto de vista del coste medio para los clientes, de modo que su eventual supresión podría provocar un aumento del coste del crédito.