SEGÚN CONSUMO

Cada contrato bancario tiene hasta dos cláusulas abusivas

La administración aragonesa inspecciona 500 documentos de los productos más habituales de 23 bancos y cajas. Aprueban en información pero suspenden en la letra pequeña.

zaragoza. Modificar las condiciones del contrato sin avisar al cliente, obligar a notificar "inmediatamente" el robo de las tarjetas bancarias o utilizar los saldos de cualquier cuenta del cliente en caso de que una no tenga fondos son algunas de las cláusulas abusivas que aparecen en los contratos bancarios más habituales. Así lo ha desvelado un trabajo de campo casi exhaustivo de los técnicos de la dirección general de Consumo del Gobierno de Aragón que han analizado 500 contratos (aperturas de cuentas y libretas, depósitos, tarjetas, planes de pensiones, fondos de inversión y préstamos) de 23 entidades financieras que operan en Aragón y que representan al grueso del sector. "De las 50 cláusulas que tiene cada contrato una o dos son abusivas", explicó ayer Francisco Catalán, director general de Consumo, durante la presentación de las conclusiones de la campaña de la inspección. Catalán, que no dio nombres de las entidades infractoras, destacó que las cajas de ahorros aragonesas figuran entre las que menos incumplen. El director general señaló que el sector financiero aprueba en aspectos como la información a los clientes, con un 94% de cumplimiento, la coincidencia de lo publicitado con la realidad (85,71%) y la disposición de hojas de reclamaciones (95%).

Sin embargo, el grado de cumplimiento cae en el estudio de la letra pequeña de los contratos que suscriben los clientes. "No es sencillo para el consumidor ver el alcance de las condiciones que está firmando", reconoció Ignacio Zarazaga, jefe de servicio de Control de Mercado. Así, de las 23 entidades analizadas, 18 vinculan el contrato a la voluntad de la entidad. En algunos casos esta puede interpretar unilateralmente las condiciones del contrato o decidir si ha variado la solvencia de un cliente. Otras veces la entidad se reserva la posibilidad de modificar desde los tipos de interés a las comisiones y no comunicarlo personalmente sino publicar el cambio en la prensa. En el análisis de los derechos básicos del usuario solo 10 de las 23 cumplen la normativa. El resto tiene cláusulas como las que eximen de responsabilidad a la entidad en caso de "incidencias de tipo técnico u operativo en los cajeros automáticos". El informe destaca que según el Tribunal Supremo es abusiva la "exención total y absoluta de responsabilidad". Las restricciones llegan a tal punto que incluso en algún contrato se exige el consentimiento escrito de la entidad si el cliente cambia de domicilio, destacó Catalán.

Requerimiento

Consumo se ha dirigido a las entidades financieras para la "modificación y eliminación de esas cláusulas abusivas", explicó Catalán. Si no lo hicieran les abrirían un expediente administrativo. Pero primero quieren intentar "llegar a acuerdos", añadió Zarazaga. Además, la administración no se rinde en su empeño de que el sector se adhiera al sistema arbitral de consumo. Solo Caja Rural de Teruel ha aceptado. Mientras, las reclamaciones a la banca se han duplicado desde 2008, principalmente, por el cobro de comisiones. El pasado año se recibieron 156 quejas, el 3,79% del total. De momento, el usuario solo puede reclamar al defensor del cliente de su oficina y después al Banco de España. De ahí tiene que acudir a los tribunales.