Aragón cuenta con 509 viviendas de uso turístico registradas en un año

La entrada en vigor del decreto que las regula desde 2015 las diferencia de las de turismo rural y los apartamentos turísticos.

Una de las habitaciones ofrecidas en Zaragoza en el portal Airbnb
Una de las habitaciones ofrecidas en Zaragoza en el portal Airbnb

El Registro de Viviendas de Uso Turístico en Aragón cuenta ya con 509 viviendas inscritas en el primer año de funcionamiento, tras la entrada en vigor del decreto que regula este tipo de alojamiento, diferenciándolo de las viviendas de turismo rural y los apartamentos turísticos.


El decreto ha servido para conocer la realidad en Aragón y para garantizar que la oferta que se realiza cumple unos mínimos de calidad, en el que el 67,20 % de las viviendas se sitúan en comarcas altoaragonesas, el 19,44 % en las turolenses y el 13,36 % en las zaragozanas, informa el Gobierno de Aragón.


La directora general de Turismo, Marisa Romero, hace un balance positivo de este primer año ya que se están cumpliendo el objetivo de "garantizar la calidad y hacer frente a la competencia desleal que se estaba produciendo" y apunta que es "una manera de hacer aflorar la economía sumergida y afinar los datos estadísticos relacionados con el turismo".


Romero explica que, pese a que no hay datos oficiales todavía, desde el sector se apunta a que pueda registrarse un 85% de ocupación de estas viviendas durante el mes de agosto.


Los trámites para inscribir las viviendas son sencillos, es suficiente con una Declaración Responsable que se puede entregar a través de Internet o en los Servicios Provinciales de Turismo. A partir de ese momento, se realiza una inspección para comprobar el estado de  la vivienda y se procede a inscribirla en el Registro.


Se consideran viviendas de uso turístico aquellas que son cedidas de modo temporal por sus propietarios a terceros con una duración de la estancia igual o inferior a un mes. Se trata de viviendas amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato que se comercializan o promocionan exclusivamente a través de canales de oferta turística y con una finalidad lucrativa.


El decreto aragonés cuenta con algunos aspectos específicos respecto a las normativas que se aplican en otras Comunidades Autónomas, ya que cada propietario solo podrá registrar una vivienda por edificio y en el caso de contar con dos o más viviendas, deberá regirse por la normativa relativa a los apartamentos turísticos.


Además, y para diferenciarse de las viviendas de turismo rural, solo podrán registrarse como viviendas de uso turístico aquellos inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal, viviendas unifamiliares aisladas u otras pertenecientes a complejos inmobiliarios privados.


El punto de partida ha sido registrar las viviendas existentes y, una vez desarrollada esta labor, comienza también un trabajo para incrementar las inspecciones.


El Plan de Inspección en materia de Turismo para 2016, que se realiza por primera vez, recoge varios programas específicos para el control de este tipo de alojamientos: control del cumplimiento de la normativa que las regula; detección de la prestación del servicio turístico sin la presentación  de la declaración responsable; verificación de las denuncias interpuestas por las deficiencias detectadas en los alojamientos; control de que los alojamientos que aparecen en los canales de promoción y comercialización de viviendas de uso turístico se ajustan a la normativa.

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