Normativa: qué dice el Proyecto de Real Decreto propuesto por el Gobierno de España

El ejecutivo nacional pretende aprobar la propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico antes de las elecciones generales. Ahora se encuentra en fase de tramitación tras concluir el periodo de alegaciones.

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Instalaciones del centro de datos de AWS en el polígono El Espartal II de El Burgo de Ebro.Google Maps

En el centro del debate del desarrollo de los centros de datos en Aragón y el resto del país se encuentra el Proyecto de Real Decreto que pretende regular los requisitos de sostenibilidad energética, medioambiental y de resiliencia y soberanía digital aplicables a estos y que el Gobierno de España pretende aprobar antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. 

El documento propuesto por los Ministerios de Economía, Comercio y Empresa, Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) y Transformación Digital y de la Función Pública resulta más restrictivo que la normativa europea existente en este ámbito y ha generado gran incertidumbre en el sector, que ha vaticina un desplome en la inversión de ser aprobada sin los cambios propuestos. 

El objetivo de esta norma es regular la permanencia en la Unión Europea de los datos que estos centros tratan como parte de su operación y bajo su control, y la adopción de medidas frente a los accesos o transferencias de datos requeridos por autoridades de terceros países que resulten contrarios al Derecho de la Unión Europea o al Derecho nacional aplicable. 

Asimismo, pretende asociar el otorgamiento y el mantenimiento de los permisos de acceso y conexión de los centros de datos al cumplimiento de requisitos de eficiencia energética e hídrica, soberanía digital y cobertura renovable; facilitar que los nuevos consumos vayan acompañados de nueva generación renovable, y regular el régimen de seguimiento y aplicación de los requisitos de cobertura renovable, soberanía digital y eficiencia energética e hídrica establecidos en la norma, así como el de los recargos sobre los peajes de acceso y los cargos del sistema y el de la pérdida de los permisos de acceso y conexión en caso de incumplimiento. 

Por último, pretende materializar el régimen de comunicación y publicidad de la información sobre eficiencia energética y sostenibilidad previsto en el artículo 12 de la Directiva (UE) 2023/1791.

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    Energía renovable

    Los requisitos relativos a energía renovable se considerarán cumplidos cuando la cuota media de electricidad de origen renovable en la generación de energía eléctrica del sistema eléctrico nacional haya superado el 90 % en el año natural n-2, siendo ‘n’ el año natural en que se presente la solicitud del permiso de acceso y conexión ante el gestor de red. Para cada año natural, el número máximo de horas se calculará multiplicando el número total de horas de dicho año por la cuota de generación renovable del año n-2. La cuota de generación renovable se determinará de acuerdo con la metodología establecida en el artículo 7 de la Directiva (UE) 20 2023/2413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, y la Directiva 98/70/CE.
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    Soberanía digital

    Antes de la puesta en explotación efectiva de un centro de datos, la operadora o el titular del centro de datos debe presentar una declaración responsable en la que manifieste que cumple los siguientes requisitos de soberanía digital: su establecimiento en la Unión Europea (UE); la permanencia en la UE de los datos, metadatos y registros; la adopción de medidas jurídicas, técnicas y organizativas adecuadas para controlar los accesos y las operaciones de soporte o mantenimiento realizados desde terceros países y mantener su trazabilidad; la identificación y supervisión contractual de los subcontratistas directos y la adopción de medidas frente a accesos o transferencias de datos requeridos por autoridades de terceros países que resulten contrarios al Derecho de la Unión Europea.
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    Eficiencia

    Se deberá también acreditar que los niveles de eficiencia energética y de eficiencia hídrica de las infraestructuras corresponderán con la clase ‘A’ de la etiqueta europea en los términos establecidos en el reglamento delegado dictado en aplicación de la Directiva (UE) 2023/1791. Transcurrido el primer año completo de funcionamiento y, en lo sucesivo, antes del 15 de octubre de cada año, la entidad operadora presentará al Miteco y al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública la etiqueta europea correspondiente al proyecto en funcionamiento en que se compruebe el mantenimiento de los valores exigidos. Se considerará incumplimiento grave situarse en niveles de eficiencia energética o hídrica correspondientes a la clase ‘B’ o inferior durante dos años consecutivos.
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    Incumplimiento

    El incumplimiento de los requisitos relativos a energía renovable dará lugar a recargos: si un centro de datos supera el número máximo de horas, el gestor de red con el que tenga suscrito el contrato de acceso de terceros a las redes aplicará un recargo del 65 % en los precios, aumentando en diez puntos por cada año natural en el que se superen esas horas. Cuando se incumpla el requisito de adicionalidad y la generación renovable sea inferior al 20 % del consumo anual,, el recargo será del 500 %; si el porcentaje oscila entre el 20 % y el 40 %, el recargo será del 400 %; si se encuentra entre el 40 % y el 60 %, será del 300 %; y si se encuentra entre el 60 % y el 80 %, el recargo será del 100 %. Cuando se incumpla el requisito de correlación horaria, los recargos oscilarán entre el 10 % y el 50 %.
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