Absueltos los excalcaldes de Manchones que fueron juzgados por prevaricación

La juez no ve delito en los cuatro acusados: dos exregidores, un exconcejal y el secretario.

Los cuatro acusados hablan con una mujer en los pasillos de los Juzgados de Zaragoza.
Los cuatro acusados hablan con una mujer en los pasillos de los Juzgados de Zaragoza.
Oliver Duch

Dos exalcaldes, un ex teniente de alcalde y el secretario municipal de Manchones han sido absueltos del delito de prevaricación que les atribuían dos hermanos, vecinos del pueblo, por haberles denegado la concesión de dos lotes de tierra del monte comunal de la localidad del Campo de Daroca.

Los denunciantes mantenían que los acusados, por "envidia y enemistad", impidieron que en 2010, 2011 y 2013 se les adjudicaran los lotes que solicitaron a pesar de que, según ellos, cumplían los requisitos. Alegaban que los acusados no dieron curso a sus solicitudes y que lograron que no se les concedieran las tierras por silencio administrativo.

Para acceder a esos lotes existe una serie de requisitos, como que quienes los reclamen sean cabeza de familia, residentes y vecinos de Manchones y estén casados. Los dos hermanos presentaron su solicitud prácticamente al mismo tiempo, en octubre de 2010, argumentando que cumplían todas las exigencias y que había personas que en esos momentos tenían adjudicadas parcelas sin reunir los requisitos. Mientras, los encausados declararon que no se les otorgó porque no había lotes disponibles en ese momento y porque los hermanos no estaban casados.

La acusación mantenía que como los imputados tenían competencias para extinguir las adjudicaciones, las tenían también para concederlas. Para la titular del Juzgado de lo Penal número 4, este es un argumento "forzado", puesto que conforme a la normativa es algo que corresponde al pleno municipal. Y para hacerlo, añade, es preciso que el asunto esté dentro del orden del día y el pleno se haya convocado con ese fin, como mantenían las defensas, a cargo de Santiago Palazón, José Manuel Marraco y Jorge Toquero. La sentencia recoge además que no consta que se dictara una resolución expresa en respuesta a tales solicitudes y que ninguno de los dos hermanos solicitaron una certificación ni acudieron a la jurisdicción contencioso administrativa.

"En cualquier caso –señala el fallo–, no queda ni mucho menos demostrado que (los acusados) tuvieran conocimiento de las solicitudes cursadas en 2010 y 2011, no pudiendo asumirse como fundamento de una condena penal el argumento de que “debían saberlo porque es un pueblo pequeño”". Entre otras cosas, añade, porque entonces "no se entiende" por qué solo han denunciado a los miembros del Consistorio que, conforme al orden del día, decidieron las extinciones por muerte y renuncia el día 30 de agosto de 2013 "y no contra todos los miembros de la Corporación Local que siguiendo ese argumento, también debían conocerlas".

Para la magistrada, la denuncia contra el secretario del Ayuntamiento es "igualmente injustificada", sobre todo si se tiene presente que, como mantuvo su defensa, falta lo "esencial", que no es otra cosa que el dictado de una resolución injusta que afecte a los derechos de los administrados.

La juez declara de oficio las costas del exalcalde Jesús Pardillos Julián y el secretario Jesús Javier Ayala, pero impone expresamente a los denunciantes el pago de las causadas al exconcejal Florentín Hernández y al exalcalde Francisco Pardillos Marín.

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