Un atropello deja en silla de ruedas a una anciana de Zaragoza y la aseguradora culpa a su peso y edad

El fiscal y la familia piden hasta tres años de cárcel para el conductor. La octogenaria, que cruzaba correctamente por un paso de cebra del barrio de Casablanca de Zaragoza, no ha podido volver a vivir en su casa, que no tiene ascensor.

Fotografía tomada por la Policía Local del lugar donde se produjo el accidente.
Fotografía tomada por la Policía Local del lugar donde se produjo el accidente.
Policía Local

Un juzgado de Zaragoza sentará esta semana en el banquillo de los acusados al conductor que el 1 de abril de 2016 atropelló a una octogenaria en un paso de cebra del barrio de Casablanca, provocándole lesiones que la han condenado a una silla de ruedas y le impiden volver a pisar su casa. La anciana, que estaba a punto de cumplir los 87 años, pasó once días hospitalizada e ingresó después en una residencia para asistidos, ya que sus limitaciones de movilidad le impiden ahora acceder al piso sin ascensor donde vivía.

La juez encargada del caso lo archivó hasta en dos ocasiones, amparándose en la reciente despenalización de las imprudencias leves al volante. Sin embargo, la Audiencia Provincial ordenó después seguir adelante con las investigaciones, recordándole a la instructora la gravedad de las lesiones de la mujer y reprochándole su "recalcitrante" empeño en dar carpetazo al asunto.

La familia de la víctima alega que hay un antes y un después del accidente, ocurrido sobre las cuatro de la tarde en la esquina de las calles Embarcadero y Tomás Pelayo, muy cerca de Vía Ibérica. Sobre todo porque, pese a su avanzada edad, la anciana se valía por sí misma. De hecho, cuando ocurrió el siniestro esta también paseaba sin compañía. Tras el atropello, su casa no le sirve de nada y tiene que ser asistida en un centro especializado que se ha visto obligada a costear. De ahí que los abogados que la representan, Mariano Montesinos y Cristian Anghel Mateescu, califiquen los hechos como un delito de imprudencia grave y soliciten 3 años de prisión y la pérdida del carné para Raul B. P., el conductor que iba al volante de la furgoneta.

La Fiscalía ha llegado a la misma conclusión, pero propone una condena menor: 5 meses de cárcel y retirada del permiso. A la hora de fijar la indemnización, la acusación pública parte de un mínimo de 81.925 euros al que habría que sumar el daño emergente. Es decir, la partida que el juez entienda que resarciría un hecho tan grave como tener que utilizar una silla de ruedas de forma permanente.

La acusación particular entiende que el daño causado tiene consecuencias irremediables, ya que ha condicionado la vida no solo de la víctima sino también de su familia. Por ello, calcula inicialmente que la indemnización no debería ser menor de 425.000 euros. Recuerda, en cualquier caso, que es pronto para concretar la cuantía, puesto que se siguen produciendo gastos como consecuencia del fatal accidente.

¿Por qué no vio a la mujer?

Una visión muy distinta de lo ocurrido tiene la defensa, que ejerce Enrica Corominas en nombre del conductor del vehículo, la empresa de electricidad para la que trabajaba y Seguros Bilbao. Para esta, no existe ninguna infracción penal y el "lamentable" atropello no puede calificarse como una imprudencia grave. ¿Por qué? La letrada asegura que el conductor circulaba con precaución y a escasa velocidad: unos 10 km/h. Prueba de ello, indica, es que la mujer no saliera despedida y el vehículo no sufriera ningún daño.

Basándose en la declaración del acusado, la defensa considera que, al girar hacia la izquierda, "la peatón debió de quedarse en el ángulo muerto del vehículo". Por ello, añade, cuando quiso frenar ya era tarde, puesto que al recibir el impacto, la víctima perdió la verticalidad y cayó de espaldas al suelo. Recuerda también, que el conductor se apeó enseguida de la furgoneta para atender a la octogenaria y llamar al 112, algo que también reconoce la familia de la accidentada.

Para esta parte, a la hora de cuantificar el importe de la indemnización, tampoco se puede obviar la avanzada edad de la víctima. Considera que la fractura de fémur que sufrió la anciana "no es una herida grave, ni tiene porque conllevar el terminar en una silla de ruedas". Y cree que si esta no evolucionó como era de prever tras dos intervenciones quirúrgicas fue por "la escasa consolidación del hueso".

Alega también como factores que han complicado la recuperación que la señora es obesa y ya tenía una prótesis de rodilla bilateral. "Hay que separar las condiciones personales de la lesionada, que la llevarían en un futuro a una vida dependiente, de lo que realmente deje de limitante el accidente", concluye la defensa.

A través de sus abogados, la familia de la víctima, reprocha la actitud y falta de sensibilidad mostrada en todo momento por la compañía. Para estos, no han hecho más que dejar pasar el tiempo para ver si la anciana fallecía, "puesto que les habría salido más barato". Pero la realidad es que la mujer vive, aunque este accidente haya condicionado sobremanera y definitivamente el resto de sus días

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión