SENTENCIA DEFINITIVA

La tragedia de la Manhattan se queda en una imprudencia grave y 4 años de cárcel

Víctor Gómez no volverá a prisión probablemente al haber cumplido ya tres años y medio. El tribunal no puede probar que quisiera "matar a nadie".

Julia Bernad, madre de un fallecido, puso ayer una vela en el altar situado junto a la discoteca.
La tragedia de la Manhattan se queda en una imprudencia grave y 4 años de cárcel
J. BLASCO

La apresurada puesta en libertad provisional de Víctor Manuel Gómez Rivero solo un día después de quedar visto para sentencia el juicio por el atropello mortal de la discoteca Manhattan de Huesca el 28 de julio de 2007, que dejó dos muertos y ocho heridos graves, hacía presagiar al fiscal y a las víctimas el sentido que iba a tener la sentencia y ayer lo confirmó la Audiencia Provincial, que le condenó a 4 años de cárcel y a 6 años sin carné de conducir.


Con este fallo, probablemente el condenado ya no tendrá que volver a pisar la cárcel de Zuera, de la que salió el pasado viernes tras cumplir 3 años y medio, más de tres cuartas parte de la pena. El resto la pasará en libertad provisional, según fuentes judiciales.


El tribunal ha rechazado la tesis del dolo eventual defendido por el fiscal y las siete acusaciones particulares, que pidieron 35 años de cárcel argumentando que el condenado fue "plenamente consciente" del resultado que podía causar al circular a más de 120 kilómetros por hora, en estado ebrio y drogado por un tramo urbano limitado a 40 por hora y cerca de la salida de la discoteca. En cambio, ha aceptado tipificar los hechos como una "imprudencia grave", tal y como sostenía el abogado defensor, Javier Notivoli.


La sentencia recalca que la figura del dolo eventual se aplica solo a casos muy concretos como los conductores suicidas que circulan deliberadamente en sentido contrario por una autopista o una persona que juega intencionadamente con una ametralladora y, apuntando a un grupo de personas, se le dispara causando muertos y heridos. En todos ellos "el sujeto contempla la muerte de la víctima como probable resultado de su acción, pero no desiste de su obrar aceptando aquel eventual resultado", afirma.


Sin embargo, el tribunal entiende que en el atropello de la Manhattan, el acusado "no rebasó los límites de la imprudencia". "Aunque debería desde luego haber previsto que su proceder podía traer consecuencias gravísimas para la vida de las personas, no podemos afirmar que se le pasara siquiera por la cabeza que podía perder el control del vehículo en el único punto que en ese momento podía esperarse que estuviera concurrido", resalta.


Por ello, insiste en que aunque el dolor de las víctimas sea "indescriptible e irreparable", la pena tiene que ajustarse a una acción "manifiestamente imprudente, pero no dolosa porque no podemos afirmar que quisiera matar ni herir a nadie", subraya.

 

"Es la máxima pena posible"

La Audiencia ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito de conducción manifiestamente temeraria en concurso con dos delitos de homicidio, dos de lesiones graves y cinco de lesiones. Al ser un concurso "ideal", la ley establece que la pena más severa absorbe a las demás, en este caso el delito de homicidio por imprudencia grave, que está castigado con penas de 1 a 4 años. El tribunal ha optado por la "máxima posible pues así lo requiere el grado de imprudencia cometida y los trágicos resultados provocados", concluye la sentencia.