POLÉMICA POR EL ARTE SACRO

La Fiscalía dice que la Justicia española puede exigir la devolución de los bienes

La resolución del exequátur apunta que España tiene competencias para ejecutar las sentencias vaticanas.

Un contundente escrito de la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Huesca informa favorablemente sobre el regreso de los bienes eclesiásticos a las parroquias aragonesas, en la resolución del proceso mediante exequátur que había planteado el Obispado de Barbastro-Monzón el pasado 28 de mayo de 2009. Esta fórmula jurídica ha verificado que las sentencias del Vaticano reúnen los requisitos que permiten su homologación en España. Así, la Justicia española tendría que hacer suyas y ejecutar las sentencias vaticanas, que repetidamente han señalado que los 112 bienes en litigio pertenecen a las parroquias oscenses y que la diócesis de Lérida los recibió en depósito. En este sentido se pronunció la Signatura Apostólica de la Santa Sede, que decretó de forma definitiva el 28 de abril de 2007, ratificando otra resolución de 2005, y la Fiscalía resuelve ahora que un juez civil habría de ejecutar dicha sentencia en España.

La fiscal, en un informe extenso y documentado, argumenta que "nos encontramos ante una materia estrictamente 'intra eclesial', regida por el derecho canónico, y de exclusiva competencia de los tribunales eclesiásticos". Sin embargo, para que la sentencias canónicas del Vaticano sean efectivas deben ser reconocidas en España por sus tribunales civiles, contando con los tratados internacionales y los acuerdos estatales con la Santa Sede.

"Lo que se pacta en acuerdo internacional entre dos Estados no constituye una declaración programática, sino normas de entendimiento jurídico destinadas a tener una eficacia práctica", dice el texto. En los tratados internacionales, España reconoce a la Iglesia la capacidad de organizarse y modificar sus diócesis, así como de disponer de bienes que se rigen por el derecho canónico. De hecho, el origen del conflicto de las piezas se remonta a junio de 1995, cuando la Congregación de los Obispos de Roma separó de la diócesis de Lérida el territorio de las parroquias situadas en Aragón y las unió a la diócesis de Barbastro-Monzón. Sin embargo, "este reconocimiento no tendría aplicación práctica ninguna si no llevase implícito que las resoluciones dictadas por la jurisdicción canónica en materias de su competencia serán reconocidas por la jurisdicción española". Así, un juez civil debería ahora validar y ejecutar el decreto firmado en 2007 por la Signatura Apostólica que ordenaba devolver las 112 obras retenidas en Lérida.

El informe de la fiscal indica que "en nada contradice la legislación española" lo resuelto en el exequátur y, además, añade que "la pendencia de otro procedimiento en España (la vía civil de los Amigos del Museo de Lérida que afecta a 85 bienes) no supone de forma automática la denegación del exequátur".

En sus últimos párrafos, la fiscal deja entrever las contradicciones del Obispado de Lérida que alegaba que el Juzgado de Barbastro carecía de competencia para ejecutar el exequátur y, al mismo tiempo, afirmaba que su intención de cumplir con los requerimientos del Vaticano. "La catalogación de los bienes efectuada por la Generalitat tampoco puede constituir un obstáculo a la concesión del exequátur", añade el texto, que además resalta que tal inventario se realizó de forma unilateral y que una catalogación de bienes "no puede prejuzgar en ningún caso la propiedad de los bienes. Simplemente sujeta a estos a un régimen de especial protección".

Con arreglo a los hechos y a los fundamentos de Derecho, la fiscal concluye, por tanto, que considera que procede el exequátur -para el que cabe recurso de reposición que habría de interponerse en cinco días- y califica la resolución vaticana de "firme y auténtica", "definitiva e inapelable", en lo que supone un nuevo respaldo para los intereses aragoneses,

El Obispado de Barbastro-Monzón quiso ayer dejar constancia "de la satisfacción que lógicamente siente por este hecho", pero advirtió también de que "se mantiene a la espera de la conclusión del procedimiento".