Endesa pide la prórroga del salto del Cinqueta hasta el 2061 como indemnización por Jánovas

Se opone a la reversión a la CHE de la central, cuya concesión caducó en 2007, y la reclama como pago "en especie"

La reserva al Estado de un 25% de la energía hidroeléctrica no es el único motivo de enfrentamiento entre la compañía Endesa y la Confederación Hidrográfica del Ebro. También mantienen posturas diametralmente opuestas respecto a la extinción de la concesión del salto Lafortunada-Cinqueta (con instalaciones en Tella-Sin y Plan), que de hecho ya debería haberse producido en 2007. La empresa se opone a que pase a manos públicas y exige prolongar el aprovechamiento hasta el 2061. Sería, argumenta, una compensación "en especie" al no haberse construido el pantano de Jánovas ni, en consecuencia, las centrales hidroeléctricas ligadas a él.


En juego están una producción anual de kilovatios de 9 o 10 millones de euros (es una de las de mayor potencia del Pirineo) y una cláusula de 49 millones en el contrato de compraventa del salto firmado entre Endesa y Acciona.


La oposición de la eléctrica ha salido a relucir en el trámite de información pública del expediente de reversión. Endesa Generación solicita la nulidad de pleno derecho del procedimiento iniciado por la CHE en julio de 2013 para la extinción del aprovechamiento de aguas para usos industriales, al haber transcurrido la concesión por 75 años.


Además, reclama que se prolongue hasta el 1 de enero de 2061, la misma fecha que rige para el salto de Lafortunada-Cinca, que comparte algunas instalaciones con el otro.

Endesa llega a calificar la actuación pública como una expropiación ilegítima de sus derechos como titular en el caso de la concesión de unos ibones (Millar Alto, Millar Bajo y Sen), que finalmente han quedado excluidos del expediente a la espera de concretar la fecha de inicio de explotación y por lo tanto su caducidad.


La compañía apela a una resolución del Ministerio de Medio Ambiente del 16 de junio de 2008 que anuló la concesión a Endesa de varios saltos en el río Ara y Cinca, ligados al embalse de Jánovas, después de que el Estado renunciara a construir esta presa, una orden en la que también se establecía el plan de restitución para la zona y la reversión de los bienes a los antiguos propietarios.


El documento reconoció el derecho de Endesa a ser indemnizada (fue decisión de la administración no hacer el pantano al resultar negativa la declaración de impacto ambiental) y un posible pago "en especie" con la ampliación de la vigencia del aprovechamiento del Cinqueta. La resolución consideraba esta opción "de interés público" por obviar "el cuantioso abono de la indemnización", que debería pagar el Ministerio y cuyo importe se elevaría por los intereses de demora.Una cláusula de 49 millones

Sin embargo, en 2012, la Dirección General del Agua desligó ambas cuestiones. Determinó que, por una parte, la CHE iniciara el expediente de reversión y, por otra, tramitara la indemnización de Jánovas. El informe técnico sobre el primero, que trasladó hace unos días a las partes, asegura que la resolución de 2008 no reconoce el derecho a ampliar la concesión, solo una posibilidad supeditada a la firma de un convenio.


En ese año la eléctrica era propietaria de la central, pero en 2009 la vendió a Acciona Hidráulica por 49 millones de euros. Por ello, la CHE considera que Endesa ya no tiene derecho concesional. Mientras Acciona no se ha opuesto a la extinción en el trámite de información pública, Endesa sí ha presentado alegaciones. Esto se explica por una cláusula de la escritura de compraventa, según la cual la compradora podía exigir la resolución del contrato si en cinco años, contando desde 2009, no obtenía una prórroga o una nueva concesión, o si fuera inferior a 25 años. Si Acciona solicita ejecutarla, devolverá la central a Endesa a cambio del dinero que pagó más los intereses.


En el informe remitido a las empresas y a los ayuntamientos afectados, la CHE determina además que Lafortunada-Cinqueta posee una elevada rentabilidad. Por todo ello, propone extinguir el derecho al aprovechamiento de un caudal de 12.000 litros por segundo y revertir las infraestructuras, terrenos, obras y bienes a la Administración General del Estado, adscribiéndolas a la CHE. Se plantea además hacer una valoración del beneficio obtenido desde la fecha de caducidad hasta la resolución de la concesión, para ejercer las acciones que procedan.