política

Acuerdo unánime para suprimir los aforamientos de los políticos aragoneses

La reforma del Estatuto acaba con un “privilegio anacrónico” de los diputados autonómicos y miembros de la DGA, que ahora deberá avalar el Congreso, junto a la fijación de un mínimo de 14 escaños por provincia.

Vista del hemiciclo en una sesión de las Cortes de Aragón
Vista del hemiciclo en una sesión de las Cortes de Aragón
Cortes de Aragón

Las Cortes de Aragón acaban de aprobar por unanimidad la modificación del Estatuto de Autonomía para suprimir los aforamientos de los que gozan tanto los diputados autonómicos como los miembros de la DGA. La reforma puntual tendrá que ser avalada por la mayoría absoluta del Congreso al tratarse de una ley orgánica, por lo que aún habrá que esperar para que los políticos aragoneses pierdan el privilegio de ser juzgados únicamente por un órgano judicial superior. En todo caso, su aplicación será efectiva en la próxima legislatura.

El pleno celebrado este martes también ha sacado adelante el segundo punto de la reforma del Estatuto con el objetivo de elevar el suelo mínimo de diputados por provincia a catorce, aunque en este caso con la abstención del diputado de IU.

El ponente, el socialista Darío Villagrasa, ha calificado la reforma de “rigurosa, sensata y ajustada” y ha asegurado que la inviolabilidad de los parlamentarios “nunca” ha devenido en impunidad.

Para justificar el cambio de los artículos 38 y 55 que establecen el aforamiento, los parlamentarios han coincidido con la propia exposición de motivos del texto en considerar que esta figura jurídica es percibida por la mayoría de la sociedad como “anacrónica” y de “difícil encaje” con el artículo 14 de la Constitución que consagra el principio de igualdad. De este modo, los políticos serán juzgados como cualquier ciudadano por un tribunal ordinario y no por uno superior.

En el caso de los diputados, se mantiene el artículo 38.1 que establece que "no estarán vinculados por mandato imperativo y serán inviolables, aun después de haber cesado en su mandato, por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo". Igualmente, no podrán ser detenidos ni retenidos por actos delictivos salvo “caso de flagrante delito”.

También se suprime el aforamiento para los miembros de la DGA modificando el artículo 55, que cedía al Tribunal Superior de Justicia y al Supremo la competencia de decidir en casos de "inculpación, prisión, procesamiento y juicio" en función de si se cometían dentro o fuera de la Comunidad.

Los grupos también han sacado adelante el blindaje de la actual representación parlamentaria de 14 diputados de Teruel frente al riesgo de perder escaños como consecuencia de la pérdida de población. Para ello, el suelo de escaños de cada provincia se establece en ese número en el artículo 36 del Estatuto, que mantiene que la cifra de diputados oscilará entre 65 y 80.

Además, modifica el sistema de cálculo para la asignación de los escaños de cada provincia, de modo que la cifra de habitantes necesarios para asignar uno a la circunscripción más poblada no supere en 3 veces (antes era 2,75) la correspondiente a la menos poblada. Eso sí, se fija como condición que no pueda alterar el número mínimo de catorce escaños por provincia.

En esta reforma se ha abstenido el diputado de IU, Álvaro Sanz, al rechazarse su enmienda para rebajar la proporcionalidad a 2,5 para evitar “la pérdida de representatividad”, ya que un voto en Teruel valdrá como tres en Zaragoza a la hora de lograr un escaño. A su juicio, se podría resolver la situación con haber aumentado el número de diputados. “La pluralidad y representatividad tienen un precio”, ha defendido.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión