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El crimen del esquizofrénico que mató a su madre llega al TSJA por una medicina de la víctima

El abogado del condenado a 15 años pide que se repita el juicio del Jurado por no haberse celebrado un contrainforme forense de la fallecida

El acusado Julio Javier Pérez Lapeña, junto a su abogado Carlos Giménez, en la foto de archivo del juicio por Jurado celebrado en septiembre de 2020. Hoy se ha celebrado la vista del recurso ante el TSJA, ala que no ha acudido el condenado.
El acusado Julio Javier Pérez Lapeña, junto a su abogado Carlos Giménez, en la foto de archivo del juicio por Jurado celebrado en septiembre de 2020. Hoy se ha celebrado la vista del recurso ante el TSJA, ala que no ha acudido el condenado.
Efe/ Javier Cebollada

El crimen del esquizofrénico Julio Pérez Lapeña, de 44 años, que mató a su madre María Teresa L., de 73, en su domicilio en Fuentes de Ebro de dos golpes contundentes en la cabeza, ocurrido el 11 de enero de 2019, ha llegado esta mañana a la vista del Tribunal Superior de Justicia de Aragón por el recurso de apelación del abogado defensor, Carlos Giménez. Ha reclamado que se repita el juicio del Jurado, contra la condena de la Audiencia de Zaragoza a quince años, por no haberse celebrado un contrainforme forense de la víctima.

El letrado ha cuestionado que no se pudo hacer para el juicio un estudio alternativo frente al realizado por el Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA), al que calificó de “parcial y preconcebido”, sobre el consumo de mirtrazapina de la víctima y si el motivo de la muerte pudo ser que se hubiera desmayado en lugar de la agresión del hijo.

Los forenses y la médico del centro de salud de Fuentes de Ebro manifestaron en el juicio celebrado ante el Jurado popular la imposibilidad de que la víctima se hubiera mareado el día de los hechos, a pesar de la medicación que tomaba por la hipertensión y la disnea diagnisticada.

Giménez ha incidido en que no se pudo realizar ese contrainforme médico, “más imparcial”, sobre la fallecida porque lo defendía en turno de oficio y el acusado carecía de medios para encargarlo. 

El fiscal Carlos Sancho ha manifestado que no se habrían opuesto si se hubiera producido otro informe de la víctima, si bien el realizado por los forenses y el testimonio de la médico convenció al Jurado que el desmayo de la víctima no fue el consumo de mirtrazapina. 

En ese mismo sentido se ha pronunciado el letrado de la acusación particular, Ángel Jiménez, quien ha incidido que en los dos años de instrucción hubo tiempo suficiente para solicitar ese informe y en un día del juicio del Jurado los forenses descartaron ese mareo o el infarto, así como la médico de Fuentes de Ebro precisó que era “una dosis mínima” que recibía.

El acusado estuvo atrincherado cuatro horas en el domicilio del crimen de Fuentes de Ebro hasta que lo detuvo la Guardia Civil el  11-01-2019.
El acusado estuvo atrincherado cuatro horas en el domicilio del crimen de Fuentes de Ebro hasta que lo detuvo la Guardia Civil el 11-01-2019.
Raquel Labodía

En el Servet, sin videconferencia

El acusado no ha podido asistir a la vista oral por videconferencia, como estaba previsto en un documento e febnrero, si bien al principio de la vista se comunicó que “se había excusado”. Al trascurrir los dos años de prisión provisional, Julio Pérez Lapeña fue trasladado del centro penitenciario de Zuera al hospital Miguel Servet, donde no se pudo utilizar el sistema del videoconferencia como en la prisión, según detalló su abogado defensor.

Asimismo, el abogado defensor cuestionó el informe policial realizado en el juicio en el que apareció el perfil genético de una tercera persona no identificada en el rodillo de las cocina recogido. Esa prueba podría desmontar que la víctima fue arrastrada por el autor del crimen hasta el sofá del salón, como dicen los forenses.

En el recurso también ha incidido en que la responsabilidad civil impuesta a Julio Pérez Lapeña para su hermana era excesivo al llegar a 50.000 euros porque ella “va a tener una serie de obligaciones civiles de su hermano, al menos prestarle alimentos mientras viva” como un esquizofrénico. Por eso, al considerar elevada la cantidad y producirse la confusión de patrimonios, solicita que se rebaje a 9.586,26 euros al aplicarle el Ley del Seguro.

El fiscal y la acusación particular han mantenido la cantidad impuesta en la sentencia de la Audiencia de Zaragoza para el acusado.

Carlos Sancho ha incidido en la necesidad de que el esquizofrénico condenado, cuyo comportamiento ha sido siempre que se haya negado a recibir tratamiento médico, permanezca encerrado por su peligrosidad social y la gravedad de los hechos cometidos, y mencionó una sentencia del Tribunal Supremo. 

De momento, el condenado permanece en el hospital Miguel Servet tras pasar los dos primeros años en la cárcel de Zuera bajo un tratamiento psiquiátrico y no ha producido problemas. El fallo del Jurado llegó a la conclusión de la inimputabilidad, al igual que los forenses en su prueba pericial y el jurado por unanimidad, al entender que «el acusado es autor no culpable de la muerte de su madre María Teresa».

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