Las colonias juveniles con pernocta se abren a todas las edades y las acampadas seguirán prohibidas este verano

El Gobierno aragonés ha anunciado que también pueden abrir los parques de bolas, ludotecas y otros espacios jóvenes, en los que se podrán llevar a cabo actividades interiores en grupos máximos de 10 personas y con un aforo del 30%.

Adrián Gimeno, director gerente del IAJ, en primer plano, y la consejera de Ciudadanía, María Victoria Broto, este viernes en rueda de prensa,
Adrián Gimeno, director gerente del IAJ, en primer plano, y la consejera de Ciudadanía, María Victoria Broto, este viernes en rueda de prensa,
Luis Correas/DGA

Este próximo verano volverá a ser atípico para los niños y adolescentes aragonés que vayan de colonias bien en su misma localidad o en algún otro municipio de la Comunidad. Las colonias con pernocta en edificios -casas de colonias, albergues, hoteles....- se abren a niños de todas las edades, cuando el año pasado se restringía la edad a partir de 12 años. Lo que seguirán prohibidas, al igual que el año pasado, son las acampadas al aire libre. Además, ya pueden abrir sus puertas los parques de bolas, ludotecas y otros espacios jóvenes, con un aforo del 30% y en los que se podrán llevar a cabo actividades interiores en grupos máximos de 10 personas más el monitor. Al aire libre este número se amplía a 15 participantes.

Estas son algunas de las novedades que han anunciado este viernes en rueda de prensa la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, y el director gerente del Instituto Aragonés de Juventud (IAJ), Adrián Gimeno. Broto se ha mostrado satisfecha de poder llevar a cabo esta "flexibilización", aunque ha reconocido también que se va a tardar todavía "mucho tiempo" antes de poder volver a la situación anterior de la pandemia. “Igual que nos han preocupado los mayores, nos preocupan los jóvenes. En su esencia está reunirse y disfrutar con amigos. Y aunque esta situación continúa, podemos dar pequeños pasos con precaución y prudencia”, ha manifestado.

Asimismo ha anunciado que desde el Departamento se va lanzar una campaña animando a los jóvenes a que cumplan las medidas de seguridad y actúen con responsabilidad. "Vamos a incidir en ideas como que la mejor vacuna es la responsabilidad”, ha subrayado. Este viernes se publicará la orden que regulará estas actividades de ocio y tiempo libre en el Boletín Oficial de Aragón (BOA). Estos meses estivales todas las colonias que se lleven a cabo tendrán que presentar una declaración responsable ante el IAJ con un mínimo de dos días naturales antes de su inicio, un requisito que hasta ahora solo era obligatorio para las que suponían dormir fuera de los hogares.

La apertura de las colonias con pernocta a todos los menores era una de las reivindicaciones de las empresas del sector del ocio educativo, ya que normalmente es a partir de los 8 años cuando las familias más se animan a enviar a sus hijos a este tipo de experiencia fuera de casa. Las colonias no podrán superar los 50 participantes, incluyendo los monitores y responsables. También se permiten los campus de voluntariado y las actividades de aventura al aire libre.

En cuanto a la prohibición de los campamentos en tienda de campaña, la consejera ha apuntado que dada la situación epidemiológica hay que seguir actuando con "prudencia" y "cautela", pero que sigue habiendo "dificultades" para permitir todo tipo de actividades. A este respecto, el director general del IAJ ha explicado que en un alojamiento cerrado es más fácil "tomar precauciones" y cumplir unas medidas sanitarias que en este tipo de acampadas.

El coronavirus dejó bajo mínimos en las vacaciones de 2020 las colonias y campamentos de niños y jóvenes que se organizan en parajes del territorio aragonés. De los 421 que han marcado un récord, la mayoría localizados en el Pirineo y que movilizaron a unos 27.000 participantes, se vieron reducidos unos 60, según ha recordado este viernes el director general del IAJ.

Medidas de seguridad en cada tipo de actividad

1. Centros de ocio juvenil y ludotecas.

-Podrá procederse a la apertura de los siguientes espacios: centros juveniles, espacios jóvenes y ludotecas, con el fin exclusivo de poder llevar a cabo actividades directamente relacionadas con el ocio educativo y el voluntariado juvenil

-Se entenderán por ludotecas los centros donde se desarrollen, en todo caso, actividades socioeducativas, dirigidas al fomento del aprendizaje, el desarrollo cognitivo y psicosocial.

-Del mismo modo, podrá procederse a la apertura de estos establecimientos para el desarrollo de las actividades de educación no formal.

2. Modulaciones específicas aplicables.

-Las actividades que se desarrollen en recintos al aire libre no podrá superar la asistencia de 15 personas más la persona responsable de la actividad.

-El aforo máximo de las actividades que se desarrollen en el interior será del 30%. Además, deberán organizarse estas actividades en grupos de hasta diez participantes, más los monitores correspondientes, que intentarán trabajar sin contacto con los demás grupos.

-Deberá asegurarse en todo momento que se cumplen y respetan las medidas de distancia social y número máximo de los sub grupos.

-El uso de espacios cerrados estará permitido siempre que cuente con la debida ventilación. El uso diligente de los mismos deberá garantizarse por el titular o responsable de la instalación, al que corresponderá la obligación de su limpieza y desinfección tras cada uso.

-No estará permitido el consumo de comida y bebida en los recintos cerrados, salvo en aquellos establecimientos adecuados y habilitados para la manutención, cuando dicho servicio esté incluido en la actividad o programa que se vaya a desarrollar.

3. Campamentos y colonias

-Podrán realizarse las siguientes actividades de tiempo libre destinadas a la población juvenil: colonias urbanas sin pernoctas, colonias con pernoctas en edificaciones o estructuras fijas (también para menores de 12 años), en grupos de un máximo de 50 participantes, incluyendo monitores, campos de voluntariado juvenil y actividades de aventura al aire libre.

-No podrán organizarse acampadas juveniles entendiendo como tal aquella actividad de alojamiento al aire libre, que se realiza en tiendas de campaña u otros medios móviles destinados a alojarse.

-Deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de las actividades o, en su defecto, para la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla conforme a lo establecido en esta ley.

-Las actividades deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes, más los monitores correspondientes, que intentarán trabajar, en la medida de lo posible, sin contacto entre los demás grupos.

-En el caso de las colonias urbanas sin pernoctas, en el que deberán asegurarse la ratio de 1 monitor por cada diez participantes, para poder llevarse a cabo deberán cumplimentar la declaración responsable que se acompaña a la presente Orden y notificarla al Instituto Aragonés de la Juventud con una antelación de dos días hábiles al inicio de la actividad. El formulario para esta notificación estará disponible en la web del IAJ: www.aragon.es/iaj

4. Actividades de ocio infantil, que incluyen los parques de bolas

-En la orden se regulan también estas actividades y se indica que se permite la apertura de centros con actividades de ocio infantil y tiempo libre, limitándose a aquellas de carácter socio-educativo que se realizan con niños, en grupos no superiores a 10 participantes y supervisados por un monitor.

-El aforo total del centro no podrá superar el 30% del máximo permitido

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