coronavirus

El Gobierno aragonés podrá cambiar de puesto a los funcionarios por "especial necesidad"

La dirección general de Función Pública regula las medidas de conciliación y fija un protocolo ante posibles contagios por el Covid-19.

DGA. EDIFICIO PIGNATELLI. VISTAS/ 20-09-2016 / FOTO: H A
El edificio Pignatelli, sede del Gobierno de Aragón.
Guillermo Mestre

El Ejecutivo autonómico podrá adscribir a los funcionarios a otros puestos de trabajo cuando concurran razones de "especial necesidad". Así figura en la orden que se aprobó este viernes en un Consejo de Gobierno extraordinario y que incluye medidas excepcionales para frenar la expansión del coronavirus.

Esta instrucción se completa con una resolución dictada ayer por la dirección general de Función Pública en la que se detallan los procesos de contingencia. Las medidas, en todo caso, tienen carácter transitorio y su aplicación evolucionará en función de los escenarios fijados.

Tras decretar el cierre de los centros educativos a partir del lunes y durante al menos quince días, la DGA detalla varias fórmulas para facilitar la conciliación de quienes tengan menores o mayores a su cargo. La primera de ellas consiste en una flexibilización y la reducción de la jornada laboral, sin sujeción a los límites previstos reglamentariamente en los respectivos ámbitos. Si fuera imprescindible, "se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable", una condición que se deberá acreditar con un informe del responsable jerárquico que corresponda.

Cuando los dos responsables de un menor o un dependiente sean funcionarios, no podrán disfrutar de estas medidas simultáneamente.

Función Pública decreta, además, que en los servicios de atención al público se deberá priorizar la atención telefónica y telemática. En el caso de que sea "ineludible" que el servicio sea presencial, se establecerán "los turnos imprescindibles" para garantizarlo "con el mínimo personal y restringiendo el acceso del público a las zonas no específicas de atención".

Para aliviar la presión asistencial, para justificar días de ausencia por enfermedad no relacionada con el Covid-19 o bajas de cuatro días, no se requerirá la presentación del justificante de asistencia médica.

La orden también regula la protección del personal afectado por una separación del servicio de forma preventiva. Si causa baja por exposición al coronavirus, deberá dirigirse por teléfono a su médico que le expenderá un parte de baja por enfermedad común, un proceso al que pueden acogerse embarazadas o personas sensibles. Si sufre un contagio del Covid-19 o si es separado del servicio, se tramitará un parte de baja por accidente de trabajo. 

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