Dos años de prisión para un jefe de obra del aeropuerto por la muerte de dos operarios

El Juzgado sostiene que la eslinga que se rompió, dejando caer la pieza metálica que sujetaba, debió haberse reforzado.

El Juzgado de lo Penal de Teruel ha condenado a dos años de prisión al jefe de obra de la empresa Tauxme por la muerte accidental de dos trabajadores ocurrida en mayo de 2011 durante las obras de construcción del hangar del aeropuerto de la capital turolense. Los dos operarios se precipitaron contra el suelo desde una altura de 23 metros al caer sobre la plataforma en la que ambos se encontraban una estructura metálica de la techumbre del hangar que estaba siendo colocada mediante grúas en esos momentos.


La titular del Juzgado turolense estima que el procesado es responsable de dos delitos contra los derechos de los trabajadores y de otros dos de homicidio imprudente. No obstante, la pena impuesta es inferior a la que solicitó en su escrito de calificación el Ministerio Fiscal, el cual pedía 3 años de prisión.


En la sentencia se indica que la causa del accidente fue la rotura de la eslinga textil que sujetaba la estructura metálica, lo que provocó que esta pieza de gran tamaño y peso cayera sobre la cesta en la que estaban los dos trabajadores. Precisamente, ambas víctimas tenían el cometido de supervisar el ensamblaje de dos mitades de arco que formaban parte de la techumbre del hangar.


El fallo sostiene que la eslinga debía haber estado protegida para evitar que las aristas de la estructura metálica cortaran el material textil, como así ocurrió. El Juzgado entiende que no se garantizó la seguridad de los empleados por lo que se produjo un delito contra los derechos de los trabajadores.

Aseguradoras

En la vista oral, celebrada el pasado 7 de julio, se sentó también en el banquillo de los acusados el jefe de obra de Acciona, empresa adjudicataria de la construcción del aeropuerto de Teruel, pero el Juzgado absuelve a esta persona al entender que quien ejecutaba los trabajos del hangar era Tauxme, subcontratada por la anterior. La sentencia exime a dos compañías aseguradoras del pago de 60.000 euros en concepto de daños materiales a raíz del accidente.


Durante el juicio se debatió si era conveniente en una obra de dichas características el uso de eslingas de tela o bien de madera. Los abogados defensores de los dos imputados expusieron que el plan de prevención de accidentes establecía la utilización de eslingas metálicas para el transporte de las estructuras, pero nada especificaba respecto del izado de las mismas.


Los fallecidos fueron R. B. y M. S., ambos de 37 años de edad y residentes en Logroño. Sus familias ya fueron indemnizadas en su día por el accidente que costó la vida a sus seres queridos.

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