La DGA regula el traslado de cadáveres bajo la autoridad judicial con un protocolo para funerarias

La Asociación de Funerarias establecerá un teléfono único de guardia a las órdenes de los jueces y las personas irán acreditadas con un carné y un peto.

El Gobierno de Aragón y la Asociación Regional de Funerarias de Aragón (ARFA) han llegado a un acuerdo para regular con un protocolo el traslado de cadáveres bajo la autoridad judicial hasta el centro que disponga el Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA).


La ARFA establecerá un teléfono único de guardia para recibir información del juez instructor y organizar la respuesta a todos los traslados de la Comunidad autónoma, salvo la capital, de la que se seguirá ocupando la cofradía de la Sangre de Cristo.


Las funerarias deberán cumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales y los trabajadores que intervengan tendrán que ir acreditados con un carné y un peto que los identificará como servicio forense de apoyo.


Todas las furgonetas que se utilicen y el personal que participe para asegurar la cadena de custodia, desde la recepción del cadáver al depósito donde se realice la autopsia, se adaptarán a las normas higiénico-sanitarias y legales que el Gobierno de Aragón va a establecer.


En ningún caso este traslado del fallecido será remunerado y las funerarias renuncian a cualquier exigencia económica a las instituciones públicas o las familias de los muertos. El director del IMLA, Salvador Baena, destacó la gratuidad del servicio y que, en un momento tan dramático, la familia del fallecido no tenga que preocuparse de su traslado, sino que lo haga la Administración.


"Antes, un cadáver judicial generaba problemas y ahora se va a tecnificar hasta a los empleados de las funerarias para manipular estos muertos, más complejos que los demás, para proteger las evidencias y la intimidad ante el público", destacó Baena.


Fuentes del departamento de Presidencia y Justicia destacaron que el convenio firmado con las funerarias pretende incrementar la seguridad del traslado de cadáveres, porque las empresas deben cumplir los requerimientos técnicos y las buenas prácticas que se incluyen en el protocolo.


Y además, la agilidad de la respuesta aumenta con el teléfono único de un 902 que centraliza el servicio de las funerarias y que ya se ha puesto en marcha. Aunque en el convenio solo se incluyen a los miembros de la ARFA, se podrán sumar otras funerarias al servicio que va a regular la DGA. Se llevará un registro detallado de las identificaciones y de todas las actuaciones de los traslados.Autopsia hasta en tanatorios


En aquellos lugares en los que las empresas funerarias que firman el convenio dispongan de tanatorios podrán ceder las instalaciones para la práctica de autopsias.


La DGA estipula que una funeraria designada por la familia o allegados después de que se realice la autopsia se hará cargo del servicio, pero no se podrá facturar el traslado desde el lugar donde fue recogido el fallecido hasta donde se realice la autopsia.


En el caso de que nadie se haga cargo de la inhumación del muerto, el juez ordenará el traslado del cadáver desde donde se practique la autopsia hasta el destino que estime oportuno dentro del partido judicial. En este caso, le corresponderá al Ayuntamiento la organización y el traslado del mismo.