empresas familiares
Nuevos beneficios fiscales para la transmisión
El pasado 26 de junio el Pleno de las Cortes de Aragón aprobó la Ley de Apoyo Fiscal a la Empresa Familiar, una iniciativa impulsada por el Departamento de Hacienda.

Aragón estrena marco fiscal para las transmisiones empresariales dentro del ámbito familiar. Esto ha sido gracias a la aprobación, el pasado 26 de junio, de un nuevo texto legislativo impulsada por el Departamento de Hacienda del Gobierno de Aragón, que cuenta con el beneplácito de la Asociación de Empresa Familiar de Aragón (AEFA) y que parece dar respuesta a una reinvidicación histórica de este tipo de compañías.
"Esta norma no solo protege a las grandes empresas familiares, sino que respalda especialmente a los pequeños y medianos empresarios que trabajan cada día desde el territorio generando empleo, cohesión social y riqueza. Con esta ley, disponen por fin de un respaldo legal firme que asegura su continuidad y su arraigo en Aragón", declaró recientemente el presidente de la Asociación de Empresa Familiar de Aragón, Ramón Alejandro.
Desde la AEFA se valora especialmente que la ley reconozca las singularidades de las empresas familiares y aporta la objetividad y la seguridad jurídica que contribuirán a incrementar las inversiones productivas, lastradas hasta ahora ante el temor de soportar cargas fiscales indeterminadas. "Esta ley reconoce de forma clara que la empresa familiar es parte esencial del modelo productivo aragonés. Es un gran paso hacia la consolidación de un entorno que favorezca su permanencia y crecimiento sostenible", señaló Ramón Alejandro.
Puntos de interés
Entre las principales novedades que aporta el nuevo marco legislativo, destaca la aplicación de la reducción del 99% en las transmisiones de una empresa individual o negocio profesional por una herencia. Se establece que esta rebaja fiscal queda condicionada a que los herederos mantengan los bienes y derechos recibidos durante los cinco años siguientes al fallecimiento. Además, se introduce la posibilidad de aplicar la bonificación fiscal, incluso, cuando el negocio heredado se transmite posteriormente a otro heredero.
También se incluyen en la bonificación los beneficios acumulados durante un periodo de hasta 10 años, favoreciendo así la reinversión en la empresa.
Además se reduce la edad mínima del donante en transmisiones ‘inter vivos’ a 60 años y la eliminación de la obligación de cesar en sus funciones. Y existe un reconocimiento expreso del pacto sucesorio como figura propia del derecho civil aragonés, con un tratamiento fiscal claro y favorable, que no encajaba del todo en las categorías tributarias estatales y provocaba incertidumbre.
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